La magistrada del Tribunal Supremo Ana Ferrer ha acordado el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa abierta a la senadora del PP y exalcaldesa de Cartagena (Murcia), Pilar Barreiro, en el marco de la causa 'Púnica', porque la instrucción realizada no acredita que haya utilizado dinero público del consistorio para mejorar su reputación en un periódico digital y en las redes sociales.

"No hay sospechas de corrupción contra la investigada", afirma la magistrada de la Sala de lo Penal que se ha encargado de la instrucción contra la senadora del Grupo Mixto, una vez recibida la exposición razonada que elevó, en mayo de 2017, el entonces juez instructor de la Audiencia Nacional del caso 'Púnica', Eloy Velasco, en el que pedía la investigación de la aforada por los presuntos delitos de fraude, falsificación de documento mercantil, prevaricación, malversación de caudales públicos y cohecho.

Se trata de la segunda vez que el Tribunal Supremo archiva su presunta implicación en una causa de corrupción, pues ya en diciembre de 2016, la Sala de lo Penal confirmó su sobreseimiento en el caso 'Novo Carthago', por la presunta recalificación de unos terrenos próximos al Mar Menor en los que se pretendían construir 10.000 viviendas, hoteles de lujo y dos campos de golf.

En cuanto a su implicación en la 'Púnica', la Fiscalía ya solicitó el archivo de las actuaciones contra la exalcaldesa. No obstante, antes de tomar tal decisión, la juez Ferrer acordó practicar una serie de diligencias, como la declaración de varios testigos, entre ellos el considerado 'conseguidor' de la trama, Alejandro de Pedro, cuyas empresas realizaron los trabajos de reputación, empleados suyos; así como el exjefe de gabinete de Barrerio.

No hay "sospechas de corrupción"

Tras su práctica y el análisis de la documentación que obra en el sumario, la magistrada concluye la instrucción y afirma que ha quedado demostrado que no hay pruebas de "sospechas de corrupción contra la investigada". De hecho, destaca que existe una "precariedad de los indicios" acumulados para justificar que la actual senadora usó durante su etapa como alcaldesa dinero de las consejerías murcianas para abonar los servicios de reputación 'online' concertados con De Pedro.

Debido al "débil, equívoco y ambivalente material probatorio", la juez instructora afirma que los hechos no encajan en el delito de fraude imputado como primera infracción, que arrastra a los otros cuatro delitos y, por tanto, acuerda la conclusión de la instrucción. Eso sí, añade que las actuaciones pueden ser reabiertas si se encuentran nuevos indicios de incriminación y que esta decisión no afecta para nada al transcurso de la investigación que se desarrolla en la Audiencia Nacional, en el Juzgado Central de Instrucción número 6, por el caso 'Púnica'.

Pilar Barreiro declaró ante el Tribunal Supremo el pasado 15 de enero cuando negó haber cometido alguna irregularidad en los conciertos que entabló con empresas de Alejandro de Pedro. De hecho, apuntó que uno de ellos, el relativo al de la Consejería de Educación, no se llegó a firmar, aunque estaba previsto que lo pagara el Partido Popular.

La investigación se ha centrado en los trabajos que se facturaron entre junio y septiembre de 2014 como "campaña de publicidad Turismo Cartagena" por 4.840 euros, que se pagaron de forma fraccionada.