El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite este martes dos recursos de amparo interpuestos por la exdiputada de la CUP Anna Gabriel, prófuga de la Justicia española desde el pasado febrero, cuando huyó de España horas antes de tener que comparecer ante el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena.

Gabriel, que se encuentra en Suiza, donde ha obtenido un permiso de residencia, manifestó que se marchaba porque "no tendré un juicio justo en mi país". La descalificación de los tribunales españoles no le ha impedido pedir amparo al Constitucional contra resoluciones dictadas por Llarena y ratificadas por la Sala Penal en las que se declaró la competencia del Supremo para determinar si en el proceso unilateral de secesión de Cataluña se cometieron delitos de rebelión, sedición, malversación de fondos públicos o desobediencia.

En las demandas de amparo admitidas por el Tribunal Constitucional, la defensa de Gabriel cuestiona que sea el Supremo, en vez del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el que esté actuando en relación al procés y duda de la imparcialidad de la Sala Penal con el argumento de que la causa se inició por una querella firmada por el entonces fiscal general del Estado, José Manuel Maza, que con anterioridad era magistrado de esa misma Sala.

Fuentes del TC señalaron que la condición de Gabriel de prófuga de la Justicia no afecta a la petición de tutela constitucional, sobre la que el tribunal considera que debe pronunciarse.

La exdirigente de la CUP desoyó dos citaciones de Llarena, que la llamó a declarar por la aparición de indicios que apuntaban a su participación en un supuesto delito de rebelión. Sin embargo, el instructor acabó procesándola por un delito mucho más leve, desobediencia, castigado con inhabilitación para cargo público y multa, pero no con cárcel.

El procesamiento se produjo el pasado marzo, con posterioridad a la huida a Suiza, y confirmó la orden de detención nacional cursada contra la exdiputada catalana en febrero. Se basa en el papel desempeñado por Gabriel en la tramitación por el Parlamento catalán de la llamada ley de transitoriedad nacional y la ley del referéndum de autodeterminación pese a las advertencias del TC sobre la inconstitucionalidad de imponer la independencia de forma unilateral y al margen de las vías de reforma previstas en la Constitución. 

Con estos dos últimos, ya son 24 los recursos de amparo que tramita el TC interpuestos por procesados en esa causa. El TC ha decidido que, dada la relevancia constitucional de los asuntos relacionados con la secesión de Cataluña, sea el Pleno el que admita y resuelva en sentencia estas demandas, incluso aunque en algún aspecto pudieran ser considerados recursos prematuros porque las alegaciones efectuadas por los demandantes aún se tienen que dilucidar en el proceso que se sigue en el Supremo.

El objetivo de los encausados es acudir cuanto antes al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, aunque no podrán hacerlo hasta que el Constitucional se pronuncie dado que la Corte de Estrasburgo exige el agotamiento de las instancias jurisdiccionales nacionales.