La Fiscalía de Navarra acaba de anunciar un inminente recurso contra la resolución por la que la Audiencia de Navarra deja en libertad provisional bajo una fianza de 6.000 euros a los miembros de 'La Manada'.

El Ministerio Público pedirá que vuelvan a la cárcel los cinco condenados a 9 años de prisión por abuso sexual en los Sanfermines de 2016, al menos hasta que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra se pronuncie sobre los recursos interpuestos contra la sentencia de la Audiencia Provincial.

En una resolución conocida este jueves, los magistrados de la Audiencia Provincial decidieron dejar en libertad bajo fianza a los condenados en primera instancia al considerar que "el riesgo de fuga puede conjurarse con otras medidas menos gravosas que la prisión provisional". 

El tribunal descartó el riesgo de reiteración delictiva debido a que la repercusión del caso y la presión que ha desatado han alimentado un rechazo social que permiten "cuestionar fundadamente ese hipotético riesgo".

Indignación en las calles por la libertad de la Manada

Pérdida del anonimato

Según la Audiencia, ese riesgo de reiteración delictiva también se ve aminorado por "la repercusión que ha tenido este caso y la presión que ha desatado", que "han alimentado un rechazo social de tal magnitud respecto de los cinco acusados que ello permite cuestionar el hipotético riesgo de reiteración delictiva que, respecto de cuatro de ellos, se presume por las acusaciones, pues lo que todo ello hace presumir, en buena lógica, no son sino extraordinarias dificultades para que puedan desarrollar una vida social normalizada en libertad una vez regresen a su entorno familiar y social".

Todo ello, junto con la pérdida de su anonimato a que anteriormente hemos hecho referencia, "hace poco menos que impensable el referido riesgo de reiteración delictiva", destaca la Audiencia.

El tribunal resalta también que los acusados tienen sus domicilios a más de 500 kilómetros del lugar en que reside la víctima y que garantizar su tranquilidad y su sosiego es algo que puede procurarse mediante la adopción de medidas menos gravosas que la prolongación de la situación de prisión provisional.

 Voto particular

El auto cuenta con el voto particular discrepante del presidente de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, José Francisco Cobo, ponente también de la sentencia condenatoria a 9 años de prisión.

Según este magistrado, "teniendo en cuenta las características y gravedad del delito por el que han sido condenados los acusados, y ponderando las circunstancias del caso y las personales de dichos procesados, se revela como razonable y proporcionado" la prórroga por plazo de dos años y seis meses, a contar desde el día 7 de julio próximo, de la medida de prisión provisional con el carácter incondicional.

Para este juez, "es indiscutible la gravedad de delito, expresada en el contenido de la pena impuesta", la afectación a bienes jurídicos especialmente relevantes como lo es en este caso la libertad e indemnidad sexual, en el marco en que se produjeron los hechos delictuales por los que se estableció la condena.