Una menor no podrá acercarse a menos de 200 metros de la profesora a la que sometió durante varios años a tal situación de acoso que la docente se vio afectada por cuadros de ansiedad, cefaleas, insomnio, problemas estomacales y lesiones en la piel de origen psicosomático.

Así lo ha establecido la Audiencia Provincial de Alicante en una sentencia en la que ratifica el fallo del Juzgado de Menores que impuso a la niña, además del alejamiento, una medida de libertad vigilada durante un año y 40 horas de prestaciones en beneficio de la comunidad (que, si la menor no acepta realizar, se sustituirán por su asistencia a una tarea socio-educativa durante ocho meses).

Durante el procedimiento judicial quedó acreditado que la menor -cuya edad no especifica la sentencia- profirió contra su profesora a través de Facebook graves ofensas en, al menos, 80 mensajes. Había insultos ("puta, zorra de mierda, perra, hija de perra, prostituta, gilipollas de mierda") y también amenazas ("te vas a enterar, te vamos a violar, no te salva ni dios...").

Por esos hechos se iniciaron actuaciones ante la Fiscalía de Menores, pero fueron archivadas porque la profesora no quiso continuar con la denuncia que había interpuesto.

El comportamiento agresivo de la niña continuó. Ella y otras personas no identificadas exigieron a un alumno de 11 años  que hiciese con tiza una pintada insultando a la maestra, "lo que el niño hizo por miedo, pues le dijeron que si no lo hacía le pegarían", indica la sentencia.

Otro amigo de la menor, que también había sido alumno de la profesora, realizó en el centro donde ella trabajaba pintadas con leyendas como "Aurora [nombre ficticio] puta" o "Aurora comepollas". Este chico también ha sido condenado, en su caso a ocho meses de libertad vigilada y 40 horas de prestaciones en servicio de la comunidad. No se pudo acreditar que fuera él la persona que en varias ocasiones realizó pintadas y desperfectos tanto en el coche de la docente como en el de la madre de ésta, hechos que también se le atribuyeron pero de los que no hubo prueba suficiente.

La niña, por su parte, realizó 33 llamadas desde su móvil (que estaba a nombre de su madre) al teléfono de la maestra, algunas de ellas de hasta 6 minutos de duración. "Con ánimo de menoscabar la paz y tranquilidad de la profesora, emitía gritos y balbuceaba con objeto de que no se le reconociera la voz".

Un día la menor, que iba con una amiga por la calle, se cruzó con la pareja de la profesora y le dijo en alta voz "tu novia es una puta", saliendo a la carrera.

En marzo de 2015, cuando la docente se encontraba en las dependencias de la Guardia Civil para denunciar los daños del coche, la menor "comenzó a pasar reiteradamente por la puerta de las citadas dependencias policiales, mirando hacia el interior y pronunciando frases en referencia a los hechos y gesticulando".

No ha podido identificarse al autor de otras pintadas que aparecieron tanto en el colegio como en la plaza del pueblo con las expresiones "Aurora puta" "Aurora asquerosa" y "Aurora pedófila".

Tampoco pudo determinarse quién mandó numerosos mensajes de Whatsapp al teléfono de un familiar de Aurora manifestando que "si le decimos punta a tu prima es porque lo es", "es una guarra" y "en un país multicolor nació Aurora por error y fue famosa en el lugar por falsa, puta y subnormal".

Trato degradante

Los hechos se consideran constitutivos de un delito de trato degradante que, según explica la Audiencia, son comportamientos que "crean en las víctimas sentimientos de temor, de angustia y de inferioridad, susceptibles de humillarles, de envilecerles y de quebrantar en su caso su resistencia física y moral".

"No cabe duda", afirma, "de que todos estos hechos suponen actos vejatorios que deben ser incardinados en el concepto de trato degradante [ya] que han menoscabado gravemente la integridad moral de la denunciante tanto por su contenido, como por la duración en el tiempo y la exposición pública (...) evidenciándose que el propósito de la menor era el de maltratar y perjudicar a Aurora, pudiendo representarse la menor el daño psíquico y moral que con sus acciones se causaron a la perjudicada".

La Audiencia considera proporcionada la medida de libertad vigilada, que consiste en hacer un seguimiento de la actividad de los menores, controlando su asistencia a la escuela y sometiéndose a un programa socio-educativo aprobado por el juez de menores.

Los padres de los dos niños deberán indemnizar con 5.000 euros a la maestra, una cantidad notablemente inferior a la que ella había solicitado (20.520 euros).