La Sección Penal Cuarta de la Audiencia Nacional, que ha juzgado y condenado a los 65 acusados por el uso de las tarjetas black de Caja Madrid y Bankia, ha aceptado que los ex presidentes de estas entidades Rodrigo Rato y Miguel Blesa permanezcan en libertad mientras el Tribunal Supremo, ante el que se puede recurrir el fallo de la primera instancia, dice la última palabra sobre este proceso.
La Sala indica que, ante las peticiones de medidas cautelares formuladas por las partes, "no está de más recordar" que a los condenados "les ampara la presunción de inocencia".
La Sala ha descartado la prisión incondicional, compartiendo el criterio del fiscal Alejandro Luzón. Pero tampoco ha visto necesario imponer la fianza de 75.000 o 100.000 euros solicitada para Blesa ni otras medidas cautelares más livianas, como la retirada del pasaporte, la prohibición de salir de España sin autorización judicial o la realización de comparecencias mensuales.
Rodrigo Rato ya tenía impuestas medidas cautelares de retirada del pasaporte, prohibición de salir de la Unión Europea y comparecencia mensuales decretadas por el Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid, que investiga cómo obtuvo su patrimonio. 
Sobre él, el tribunal de las tarjetas black señala que "no se vislumbra riesgo alguno de sustracción al proceso" y "su comportamiento procesal ha sido absolutamente cabal".
Los magistrados han dado la razón al defensor de Rato, Ignacio Ayala, que sostuvo en una vista celebrada este viernes que el ex vicepresidente del Gobierno ha sido condenado a una pena que "no es de entidad grave" y tiene garantizadas las responsabilidades civiles, por lo que la "intención de huida" alegada por la acusación popular que ejerce el sindicato Confederación General del Trabajo es "una excusa" para encarcelarle.

"Inconsistente" riesgo de fuga

La resolución judicial refleja que Rato comparece ante la Justicia cada vez que es requerido y que el hecho de que se desplace al extranjero "a ver a sus hijos" no le ha impedido cumplir las obligaciones de comparecencia que tiene impuestas. "Es aventurado e inconsistente que su sujeción al procedimiento vaya a ser vulnerada por la sentencia dictada en su contra", concluye el tribunal.
En cuanto a Miguel Blesa, la Audiencia Nacional explica que "lo único que ha variado ha sido el fallo condenatorio" sobre las tarjetas black, "lo que por sí solo no da lugar a la modificación de su situación personal".
La Sala comparte las alegaciones del letrado Carlos Aguilar, defensor del ex presidente de Caja Madrid, que subrayó que comparece siempre que es llamado dado su "compromiso con la Justicia", el hecho de que "carece de bienes en el extranjero, estando embargados los que tiene en España" y su situación personal (siempre ha vivido en España, carece de antecedentes penales, está casado y con nietos, tiene 70 años y está jubilado desde 2014).
A este respecto, la Sala afirma que "el comportamiento procesal de Blesa ha sido intachable, sus bienes se encuentran embargados y sus circunstancias personales revela inequívocamente su arraigo en su país en todos los órdenes de la vida".