El Pleno del Tribunal Constitucional ha advertido este martes a los miembros del Parlamento de Cataluña y especialmente a la Mesa de la Cámara de que, "bajo su responsabilidad", deben "impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir los mandatos" del TC sobre la ilegalidad de ir a un proceso de ruptura unilateral con el resto de España sin someterse a los procedimientos de reforma de la Constitución.

La advertencia se incluye en la resolución en la que el tribunal estima el incidente de ejecución promovido por la Abogacía del Estado, en nombre del Gobierno, a la vista de la decisión del Parlament de crear una comisión de estudio del proceso constituyente. La comisión se constituyó después de que el Parlament aprobara el 9 de noviembre de 2015 la resolución por la que acordaba iniciar el proceso para proclamar una República catalana independiente, resolución que el TC declaró inconstitucional y nula mediante una sentencia dictada el 2 de diciembre pasado.

Se trata de una estimación más formal que real del incidente promovido por el abogado del Estado porque, en contra de lo que solicitaba el Gobierno, el Constitucional no acepta decretar la nulidad de la citada comisión parlamentaria de estudio, que podrá continuar sus trabajos aunque con las limitaciones que indica el TC y que se resumen en la imposibilidad de avanzar hacia la secesión al margen de los cauces constitucionales.

El 'buenismo' del TC

En aras al "respeto a la autonomía parlamentaria", el TC admite que "una comisión de estudio puede tener como objeto analizar las distintas alternativas posibles para realizar, con arreglo a la Constitución, las reformas de la misma para satisfacer cualquier pretensión política".

"La comisión creada sería susceptible de ser dirigida a este objeto", añade, "por lo que el Tribunal no estimaría necesario declarar la nulidad de la resolución" que crea ese órgano parlamentario de estudio.

"Lo que no resulta constitucionalmente admisible", añade, "es que la actividad parlamentaria de 'análisis' o 'estudio' se dirija a dar continuidad y soporte al objetivo proclamado en la resolución del 9 de noviembre de 2015 -la apertura de un proceso constituyente en Cataluña encaminado a la creación de la futura constitución catalana y del estado catalán independiente en forma de república–, que fue declarada inconstitucional".

El Constitucional deja continuar a la comisión pero advierte de que su actividad "resulta absolutamente inviable si no se entiende condicionada al cumplimiento de las exigencias de la Constitución y, singularmente, de los procedimientos para su reforma" y señala que se "arrostrarán las consecuencias que prevé el ordenamiento jurídico" si la comisión de estudio se configura como "un intento de sortear o eludir la vinculación de todos los poderes públicos al cumplimiento de lo resuelto por el Tribunal Constitucional".

Tras anunciar que ejercerá sus competencias "cuando proceda, con prudencia y determinación", el Constitucional explica que "viene abordando, con el máximo respeto a la autonomía parlamentaria, la materia sometida a enjuiciamiento con la mesura que aconsejan las circunstancias, no exenta de la firmeza y determinación que exige la importancia y gravedad de su objeto".

Pero, a la vista de las conclusiones ya aprobadas por la Comisión parlamentaria de estudio, "constata que su contenido contraviene claramente los mandatos a que se viene haciendo referencia, por lo que –en el cumplimiento de las advertencias que considera necesario realizar- los obligados deben tener en cuenta esta apreciación, sin perjuicio de recordar que es a la propia Cámara autonómica a la que corresponde velar porque su actuación se desarrolle en el marco de la Constitución y que todos los poderes públicos están obligados al cumplimiento de lo que el Tribunal Constitucional resuelva".

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