Poner fin al silencio y garantizar la protección integral de los menores frente a la violencia. Estos son los principales objetivos de la ley de protección de la infancia que este jueves se ha aprobado de manera definitiva en el Congreso de los Diputados, tras ser ratificada primero en el Senado.

La ley ha concitado un amplio consenso, con 297 votos a favor y solo 52 en contra, correspondientes a Vox. Se trata de una legislación pionera en toda Europa y respalda las exigencias que el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas le hizo a España hace más de 10 años. Entre las principales novedades de la ley se encuentra el plazo de prescripción de los delitos graves, como abuso sexual. Antes, el período de cinco años empezaba a contarse a partir de los 18 años de la víctima. Ahora empieza a partir de los 35 años, lo que significa que estos delitos no prescriben antes de que la víctima cumpla los 40. En los casos más graves, el límite puede llegar incluso a los 55 años.

La llamada 'Ley Rhodes' también establece que los menores de 14 años solo deben declarar una vez durante el proceso judicial, frente a los cuatro actuales; apoya la creación de tribunales especializados y se centra en la formación de profesionales y la creación de protocolos de prevención. Es una ley que abarca todos los ámbitos de actuación, desde la prevención de la violencia hasta la denuncia, pasando por la detección de casos, la protección y la reparación de las víctimas.

Tras la aprobación de la norma este jueves, la ley debería publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en junio y estos son los principales cambios.

Prescripción de delitos

Se amplían los plazos de prescripción de los delitos graves contra menores, entre ellos los de abusos sexuales. Hasta ahora, el plazo de cinco años empezaba a contar cuando la víctima cumplía los 18. Ahora, el conteo comienza cuando la víctima llega a los 35, por lo que el delito solo prescribe cuando la víctima cumple los 40 años. En los casos más graves, este límite puede llegar incluso a los 55 años.

Menos declaraciones

Los menores de 14 años deben declarar una sola vez durante el proceso judicial, frente a los cuatro actuales. Con carácter general, se evitará tomar declaración al menor en comisaria, para que solo tenga que narrar los hechos una vez, ante el juzgado de instrucción y la declaración presencial en el tribunal solo se utilizará en casos excepcionales. Es una medida que tiene como objetivo frenar la revictimización de los menores, que se produce cuando se ven obligados a recordar varias veces el hecho traumático. En este contexto, y para evitar respuestas deficientes por parte de las autoridades, se promoverá la formación de especialistas y la creación de unidades específicas para el tratamiento de estos casos.

Tribunales especializados

Siguiendo la disposición anterior, el Gobierno tendrá un año para diseñar un Decreto Ley que cree tribunales especializados en violencia contra la infancia y la adolescencia (similares a los que ya existen en el país para la violencia de género). Los equipos de la Fiscalía, los equipos técnicos de los juzgados y los jueces deberán recibir formación específica.

Fin del síndrome de alienación parental

El síndrome de alienación parental define la forma en la que actúa uno de los progenitores, que manipula a los hijos contra el otro, hasta que terminan rechazándolo. Es un concepto que no está científicamente demostrado, que la Organización Mundial de la Salud no reconoce como síndrome y que se ha utilizado durante años para desacreditar a las mujeres en juicios por violencia de género. Esta ley impide su uso: no se utilizarán "conceptos teóricos que no estén científicamente demostrados y que presuman la injerencia o manipulación adulta, como el llamado síndrome de alienación parental".

Sin visitas en casos de violencia de género

La violencia contra familiares y allegados menores de edad "con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres" será reconocida como violencia de género. Además, el juez suspenderá el régimen de visitas cuando se dicte una orden de protección con medidas de contenido penal por violencia de género y haya indicios de que los hijos han presenciado o sufrido maltrato. La ley también obliga a quitar la patria potestad al agresor cuando sea condenado por asesinato en dos situaciones: si la víctima y el agresor tienen hijos en común, o si el agresor ha asesinado a un niño y tiene más descendientes. La violencia vicaria, la que se ejerce contra los hijos en contextos de violencia de género, se incorpora a la Ley Integral de Violencia de Género y se garantiza que estos niños reciben atención psicológica aunque no exista una denuncia.

Derecho a la educación y a ser escuchado

La ley establece que los menores tienen derecho a ser escuchados en todos los ámbitos del proceso judicial y que sus opiniones se tengan en cuenta en todas las decisiones que les afecten. Los menores deben, además, recibir formación sobre igualdad de género, derechos del niño, educación afectivo-sexual y diversidad familiar en centros educativos, públicos y privados. Los protocolos diseñados para este propósito deben incluir la formación sobre abuso y maltrato infantil, acoso escolar, ciberacoso y acoso sexual, violencia de género, suicidio y otras formas de violencia.

Internet

Se castiga penalmente a quienes inciten a través de medios tecnológicos a los menores al suicidio, la autolesión o los trastornos alimenticios y la comisión de delitos sexuales.

Protección de los menores extranjeros

Otra novedad es la protección para los menores extranjeros no acompañados. Quedan prohibidas prácticas como la exploración de genitales y los desnudos integrales para la atribución de la edad. 

Centros de menores

Se prioriza el acogimiento familiar y siempre que no sea posible los recursos residenciales se adecuarán a pequeña escala generando entornos lo más similares posibles a un entorno familiar. En el caso de los menores tutelados por el Estado deben vivir en "entornos seguros", en centros que cuenten con mecanismos de denuncia sencillos, seguros y confidenciales, sin riesgo de represalias para los menores.

Endurecimiento de penas

Las condiciones para los condenados por abuso sexual contra menores de 16 años se endurecen.  A partir de ahora deben cumplir al menos la mitad de la condena para poder pedir el tercer grado penitenciario. 

Deber de denuncia

La ley establece la obligación de cualquier ciudadano de comunicar a las autoridades todas las situaciones de violencia de las que pueda tener conocimiento. Este deber se exigirá sobre todo a los adultos responsables del cuidado de los menores, como sanitarios o profesores.