Bruselas

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha condenado este jueves a España a pagar una multa de 15 millones de euros por no haber incorporado aún a su legislación nacional la directiva sobre protección de datos en el ámbito penal. El plazo de transposición venció el 6 de mayo de 2018. La sanción seguirá aumentando a un ritmo diario de 89.548 euros hasta que el Gobierno de Pedro Sánchez aplique esta norma europea.

La directiva en cuestión establece las normas relativas al tratamiento de datos personales por parte de las fuerzas y cuerpos de seguridad competentes con fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales. La norma garantiza además que los datos de las víctimas, los testigos, los sospechosos y los autores de delitos estén debidamente protegidos en el contexto de una investigación penal.

El objetivo de la directiva es facilitar la cooperación transfronteriza entre la policía, los fiscales y los jueces para luchar más eficazmente contra la delincuencia y el terrorismo en toda Europa. La no transposición por parte de España crea un nivel de protección diferente de los derechos y las libertades de los ciudadanos, y obstaculiza el intercambio de datos con el resto de Estados miembros que sí la han incorporado, según la Comisión Europea, que fue la que llevó el caso al TJUE.

Durante el procedimiento ante el Tribunal, España justificó el retraso por las "circunstancias muy excepcionales" del año 2019, con la repetición de las elecciones. En particular, el "carácter provisional del Gobierno español durante el periodo pertinente, que no disponía de una mayoría en el Congreso de los Diputados y estaba sólo en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno".

En la sentencia de este jueves, el TJUE desestima los argumentos de de España y declara el incumplimiento de sus obligaciones. De hecho, en la fecha de la terminación de la fase escrita en Luxemburgo, el 6 de mayo de 2020, el Gobierno de Sánchez aún no había adoptado ni comunicado las medidas de transposición de la directiva.

"Habida cuenta de la gravedad y de la duración de la infracción, el Tribunal de Justicia condena a España a abonar a la Comisión una suma a tanto alzado de 15 millones de euros y, si el incumplimiento declarado persiste en la fecha en que se dicte la sentencia, una multa coercitiva diaria de 89.000 euros desde esa fecha y hasta que se haya puesto fin al incumplimiento declarado", concluye el fallo.

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