La Dirección General de Tráfico (DGT) quiere regular en el reglamento de vehículos el uso de los patinetes eléctricos que están proliferando especialmente en ciudades como Madrid, Barcelona o Valencia. Así lo ha indicado el director general de Tráfico, Pere Navarro, después de participar en una jornada sobre planes de movilidad organizada por la Fundación Pons y el Congreso Nacional de Medio Ambiente (CONAMA).

Pere Navarro ha indicado que "todos los ayuntamientos" están pidiendo que se dé "cobertura jurídica a los vehículos de movilidad urbana que están apareciendo" y estos sean clasificados "a efectos de facilitar" que las localidades "puedan hacer su propia regulación", algo que valora positivamente. No obstante, ha precisado que "se darán unas normas muy básicas" pero que "hay que hacer algo" ya que "todo lo que va por la calle de una u otra forma" debe recogerse.

A día de hoy, Madrid se ha posicionado como referente. Desde el 15 de octubre está en vigor el Nuevo Plan de Movilidad, aprobado por Ahora Madrid y PSOE, cuya enmienda del artículo 195 apela a la circulación de los patinetes eléctricos. En ella, indica que estos VMU (Vehículos de Movilidad Urbana) únicamente podrán circular por "ciclocalles, carriles bici" y aquellas calles donde el límite de velocidad no supere los 30 km/h.

El Ayuntamiento de Valencia ha tenido varios incidentes con la empresa Lime por el uso del espacio público de la ciudad sin permiso. La distribuidora acumula ya numerosas multas y el Gobierno de Joan Ribó ha retirado en varias ocasiones los vehículos de las calles.

La semana pasada un joven fue denunciado en Valladolid por exceso de velocidad con su patinete eléctrico. El motivo de la denuncia fue porque el vehículo no estaba matriculado, algo necesario para vehículos con una potencia superior a los 30 kilovatios. Este tipo de transportes pueden llegar a alcanzar unos 55 kilómetros por hora, lo que hace preguntarse si los patinetes eléctricos deberían someterse a la Inspección Técnica de Vehículos (ITV).

Esta revisión tiene como finalidad asegurar unas condiciones de seguridad superiores a los mínimos exigidos, pero por el momento solo deben realizarla ciclomotores de dos y tres ruedas, motocicletas, cuadriciclos, quads, turismos particulares, vehúculos ligeros (furgonetas, furgones y camiones que no superen los 3.500 kg de masa) y los vehículos pesados (camiones y remolques de más de 3.500 kg de masa).