Ana Delgado Daniel Ramírez

Camilo José Cela, senador por designación real, fue el encargado de revisar la redacción de la Constitución de 1978. El nobel, lengua afilada, quiso embellecer algunos artículos, pero los juristas le pararon los pies: "Oiga, que esto está escrito conforme a Derecho".

Han pasado 39 años desde que la Carta Magna invadiera las imprentas. Muchos de sus artículos, igual que a Cela entonces, suenan a chino a la mayoría de los españoles, aunque por una cuestión distinta: chirrían por lo que dicen, y no por cómo lo dicen. Algunos por su olor a antigüedad; otros, por el desacato sufrido.

1.- El patrimonio lingüístico... "¿Especial protección?"

El artículo 3 reza: "La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección". En palabras del exvocal del CGPJ Enrique Arnaldo este es "el gran incumplimiento de la Constitución". Manuel Pulido, catedrático de la Universidad de Navarra, relata que este punto fue una de las "grandes inquietudes" de Gregorio Peces Barba, uno de los padres de la Carta Magna. "El Estado se ha inhibido continuamente y eso le enfadó mucho en sus últimos años".

2.- Los españoles tienen derecho a trabajar... pero también el deber

En una línea similar se escribe el apartado 35: "Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo". Este exvocal del CGPJ detalla: "No es un deber jurídico, sino casi moral. Está recogido en la gran mayoría de las constituciones europeas. Ya lo dijo San Pablo: 'El que no trabaje, que no coma'. En definitiva, que uno no puede esperar a que le caiga la lluvia".

Fernando Simón Yarza, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Navarra explica que el "deber de trabajar apenas pasa de ser una admonición moral, similar al deber de ser justos y benéficos del artículo 6 de la Constitución de Cádiz. Ni siquiera penalmente se pueden imponer "trabajos forzados".

3.- Expropiación, siempre y cuando...

No hace mucho que volvió a viralizarse en redes sociales aquel vídeo en el que Hugo Chávez expropiaba edificios a diestro y siniestro. La expropiación también está recogida en la Carta Magna española, aunque con lógicas limitaciones. El artículo 33 dice: "Nadie podrá ser privado de sus bienes (...) sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes". Lo que no se permite, confirma Arnaldo, es la "confiscación" de los bienes.

4.- Constitución, ¿remedio a la fuga de cerebros?

Las "víctimas" de la crisis, los protagonistas de la coloquialmente conocida como "fuga de cerebros", probablemente esbocen una mueca al escuchar el artículo 42: "El Estado velará especialmente por la salvaguarda de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero y orientará su política hacia su retorno". El espíritu de este texto, cuenta Arnaldo, tuvo mucho que ver con el exilio español en el extranjero fruto de la guerra y la dictadura, muy presente todavía en 1978.

5.- El Congreso, ¿en busca de un nuevo rey?

El artículo 57 permitiría en una situación excepcional que las Cortes buscaran un nuevo rey para España, siempre y cuando se hubieran "extinguido" "todas las líneas llamadas en Derecho". Pulido, que reconoce que suena "antiguo", pone como ejemplo la venida de Amadeo de Saboya en 1871. Este mismo artículo permite tanto a las Cámaras como al rey excluir de la "sucesión" a aquellos que contrajeren matrimonio con la expresa prohibición del monarca o las Cortes.

6.- El funcionamiento "democrático" de los partidos políticos

El número 6 exige un "funcionamiento democrático" de los partidos políticos. "Aunque sigue habiendo fuertes estructuras jerárquicas, la ley ha tratado de proteger a los militantes, dándoles posibilidades para recurrir, pero sí, sigue imperando la ley del bronce", expresa Pulido.

7.- Cataluña, ¿sujeta a la Constitución?

El artículo 9 sintetiza: "Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico". ¿Y el Govern de Puigdemont?

8.- ¿Secuestrar medios de comunicación?

"A veces, los periodistas creéis que la libertad de información es absoluta, pero no lo es", bromea Arnaldo. Lo dice en referencia al artículo 20, que permite el "secuestro" de un medio de comunicación siempre y cuando sea en virtud de una resolución judicial. En 2008, Ana Obregón pidió a un juez que impidiera la publicación de Interviú, que iba a revelar una paliza encargada por la actriz a Jaime Cantizano. Al final, el magistrado no accedió, considerando "veraz" el contenido de la revista.

9.- Librarse de declarar "por parentesco"

El artículo 24 establece que la ley regule los casos en los que, "por razón de parentesco o de secreto profesional", "no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos". Razona Pulido: "Se incluyó para evitar que, por ejemplo, un padre pueda autoinculparse y cargar con la pena de su hijo".

10.- El derecho a un sueldo de los presos

El artículo 25 concede a los presos el derecho a "un trabajo remunerado" durante su estancia en prisión. De ahí que esta medida de reinserción no sea sólo algo regulado por ley, sino un precepto programado en la Carta Magna. "Siempre que su régimen lo permite y no esté aislado o algo por el estilo, podrán trabajar y tener un sueldo", desgrana Pulido.

11.- ¿Sindicatos en el ejército?

¿Por qué el ejército y los funcionarios no pueden sindicarse tan libremente como el resto? Así lo fija el artículo 28. "Fue una postura inteligente de Gutiérrez Mellado. ¿Te imaginas una huelga en una estructura como las fuerzas armadas? ¿O que de repente no hubiera funcionarios en las ventanillas?", razona Pulido.

12.- "Los españoles tienen el deber de defender España"

Los españoles, al dictado de la Constitución en su artículo 30, no sólo tienen el "derecho a defender a España", sino también el deber. Arnaldo explica que este apartado quedó suspendido con la supresión del servicio militar, pero ojo, "suspendido", que no abolido. A día de hoy, una ley lo deja sin efecto, pero sigue ahí, en las páginas de diciembre de 1978.

Para Simón Yarzael "deber de defender a España se encuentra plenamente justificado. Que hoy cueste entenderlo tiene que ver, a mi juicio, con una mentalidad excesivamente individualista. Lo que hay que cuestionar no es el deber de defender a España, sino el individualismo que dificulta entenderlo", explica.

A los españoles les falta "cultura constitucional"

Según Simón Yarza a los españoles les falta "cultura constitucional" ya que en muchos casos su conocimiento es "superficial y está mediado por la prensa", frente a otros países "como Estados Unidos, donde la Constitución se encuentra en el génesis de la propia nación", explica.

Con una reforma constitucional a la vuelta de la esquina el profesor cree es un buen momento histórico para modificar aspectos tan fundamentes como el Senado: "Haría de él una auténtica Cámara de representación territorial, reformando su composición y dotándole de mayores poderes". Además, explica el experto en Derecho Constitucional "trataría de simplificar el sistema de distribución de competencias y pondría los medios para evitar lo que ha sucedido en Cataluña en relación con la educación".

Simón Yarza cree, además, que sería positivo "introducir algunas reglas para dar mayor independencia a ciertos órganos constitucionales. Así, por ejemplo, reformaría el sistema de elección de vocales del Consejo General del Poder Judicial para restaurar el espíritu originario de la Constitución, antes de que el legislador orgánico lo tergiversase en 1985 y el Tribunal Constitucional avalase la tergiversación. Igualmente, introduciría un mandato cuasivitalicio para los miembros del Tribunal Constitucional".

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