La Fiscalía no se unirá a los familiares de las víctimas del Madrid Arena en la decisión de recurrir ante el Tribunal Supremo la sentencia que dictó el pasado 27 de septiembre la Audiencia Provincial de Madrid. El Ministerio Público no presentará su propio recurso de casación, con independencia de que los fiscales del Supremo, a la vista de la argumentación que se incluya en las impugnaciones de las acusaciones particulares, puedan apoyar algún motivo de casación concreto.

Fuentes de la Fiscalía que dirige José Javier Polo han explicado que la sentencia ha acogido las pretensiones sustanciales del Ministerio Público y, en los aspectos en los que no lo ha hecho, el razonamiento de la Audiencia está bien fundamentado.

La Fiscalía está especialmente satisfecha con la condena a 4 años de cárcel e inhabilitación para cualquier actividad relacionada con la celebración de eventos impuesta al empresario Miguel Ángel Flores, organizador de la fiesta de Halloween en la que perdieron la vida cinco jóvenes el 1 de noviembre de 2012.

Esa condena es "la máxima legalmente posible", sostienen las fuentes consultadas, que indicaron que, tal como consideró la Audiencia, no es posible imponer 4 años de prisión por cada una de las víctimas, como propugnaron las acusaciones particulares.

Más penas

La Audiencia condenó a otros tres acusados (Francisco del Amo, coordinador de la empresa municipal Madridec, encargada de gestionar el pabellón; y Santiago Rojo y Miguel Ángel Morcillo, subordinados de Flores en la empresa Diviertt S.A.) a las penas que instó el fiscal y rebajó levemente las impuestas a los otros tres condenados: Carlos Manzanares, responsable de la empresa de seguridad Kontrol 34, contratada por Diviertt, y Juan José Paris y Raúl Monterde, de la mercantil Seguriber, contratada por Madridec.

De los 15 acusados la Audiencia absolvió a 8, aunque dos de ellos (el ex jefe de la Policía Municipal Emilio Monteagudo y el técnico de Madridec José Ruiz Ayuso) no fueron acusados por la Fiscalía.

La mayor discrepancia entre el fallo de la Audiencia de Madrid y las pretensiones de la Fiscalía se centra en la absolución de los médicos Simón y Carlos Viñal, para los que la acusación pública pidió finalmente un año y medio de cárcel, rebajando su petición inicial de dos años y medio. El razonamiento de la Sala se centró en falta de prueba sobre la relación de causalidad entre la actuación "claramente negligente" de los facultativos y la muerte de las jóvenes.

Discrepancias

Para la Audiencia, en el juicio no quedó probado que una praxis correcta de los doctores Viñals hubiera evitado el fallecimiento de las tres chicas que fueron llevadas al botiquín dado el tiempo que las víctimas estuvieron atrapadas en el vomitorio y el que transcurrió hasta que pudieron ser rescatadas. En apoyo a la tesis de la falta de una relación causal, la Sala destacó que también perdieron la vida otras dos jóvenes que no fueron conducidas al botiquín.

La Fiscalía admite que la demostración de la causalidad en el caso de los médicos es, en efecto, más dificultosa, por lo que ha optado por no anunciar un recurso de casación sobre cuya viabilidad tiene muchas dudas.

La Audiencia acogió también la reclamación de indemnizaciones para los familiares de las víctimas e incluso, en el caso de los padres, las elevó. La Fiscalía pidió que los progenitores de las cinco jóvenes fueran indemnizados con 174.000 euros por cada víctima y la Sala aumentó la cifra a 250.000 euros.