Rosario Porto y Alfonso Basterra, padres adoptivos de Asunta Yong Fang, asesinaron a su hija, de 12 años, sin que se sepa por qué lo hicieron. La Sala Penal del Supremo ha puesto punto final al proceso penal que comenzó el 22 de septiembre de 2013, cuando el cadáver de la menor apareció en una cuneta en las cercanías de Santiago de Compostela, confirmando la condena a 18 años de cárcel impuesta a la pareja. Pero el móvil del crimen no ha sido siquiera insinuado ni por el Jurado que juzgó los hechos en primera instancia ni por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia ni por el TS.

El Supremo ha terminado este martes de deliberar sobre los recursos de casación interpuestos por los dos acusados, que han sido desestimados. Este resultado, que se plasmará en una sentencia con ponencia del magistrado José Ramón Soriano, se ha producido después de un debate que ha durado varias semanas.

Los jueces del Supremo llegaron rápidamente a una convicción unánime sobre la participación de Rosario Porto en la muerte de la pequeña Asunta, "muy bien argumentada por los jurados", señalaron fuentes de la Sala.

Distintas pruebas, entre ellas la grabación de la cámara de una gasolinera, sitúan a Rosario Porto conduciendo su coche junto a Asunta camino de la casa que tenían en Montouto pocas horas antes de la muerte de la niña. En esa vivienda se encontraron restos de las cuerdas con las que fueron atados los brazos y tobillos de Asunta, que murió por asfixia tras la administración de una dosis tóxica de lorazepam, un fármaco ansiolítico y sedante. Según los informes toxicológicos, en las horas previas a su fallecimiento la niña ingirió al menos 27 pastillas de un miligramo.

Por mayoría

Sin embargo, la participación de Alfonso Basterra en el asesinato de Asunta ha motivado discrepancias, hasta el punto de que uno de los cinco jueces del Supremo, Alberto Jorge, ha votado en contra de la confirmación de la condena.

El Jurado afirmó que Alfonso y Rosario "asfixiaron a su hija" en la casa de Montouto. Pero el TSJ de Galicia atribuyó ese hecho solo a la madre. La sentencia de apelación mantuvo la condena de Alfonso  "en la medida en que, en unión paritaria con Porto, diseña y ejecuta actos del plan ideado" para matarla, pero no lo situó en la vivienda de Montouto porque, al no aparecer en la grabación del vehículo que conducía Rosario, "no podemos inferir que subiera al coche, que participara en el acto material y físico de dar muerte por asfixia y que volviera por su cuenta a Santiago".

El Supremo ha confirmado la condena de Alfonso Basterra apoyándose, especialmente, en las conclusiones de los informes toxicológicos y de autopsia, que fijaron la hora de la muerte de Asunta antes de las 20 horas del 21 de septiembre de 2013 y determinaron que el tiempo transcurrido desde la última ingesta de lorazepam hasta su fallecimiento fue de tres o cuatro horas, momento en el que está acreditado que estaba comiendo con sus padres en casa de Alfonso.

Se demostró, además, que Alfonso Basterra compró entre julio y septiembre de 2013 al menos 125 comprimidos de Orfidal (cuyo principio activo es el lorazepam) y que era consciente de su suministro constante a Asunta en los meses anteriores a su asesinato.

Los magistrados del Supremo han concluido, por mayoría, que con independencia de que no se haya probado la presencia de Basterra en Montouto, sí estaba con su hija y su ex mujer en el momento determinante de suministrar a Asunta la dosis tóxica del fármaco que la sumió en un estado de absoluta indefensión cuando fue asfixiada.