La magistrada Rosa Freire, que ha investigado la destrucción de los discos duros de los ordenadores que utilizó el ex tesorero del PP Luis Bárcenas, ha cometido "errores graves e inexplicables", no ha realizado "la menor labor de contraste diligente", se ha basado en "suposiciones contrarias a la presunción de inocencia" y ha utilizado argumentos "incomprensibles con los que pretende desatender una resolución judicial firme", sostiene la defensa de Alberto Durán, jefe de la asesoría jurídica del Partido Popular, en el recurso de apelación que ha interpuesto directamente ante la Audiencia de Madrid contra su imputación judicial por supuestos delitos de daños informáticos y encubrimiento.

El duro escrito del defensor de Durán, en el que solicita que se revoque la imputación y, en su lugar, se acuerde el archivo, se refiere a la afirmación de la instructora de que el asesor jurídico del PP conocía que la Audiencia Nacional había requerido al partido la entrega de los ordenadores que usaba el ex tesorero ya que "Durán siguió personado, como defensor de Pablo Crespo," en la investigación de los llamados 'papeles de Bárcenas'. La tesis de la instructora es que Alberto Durán ordenó la destrucción de la información que guardaban los discos duros con conocimiento de que podía ser útil en un proceso judicial.

Confusión sobre Durán

Ello es "manifiestamente erróneo", dice el recurso. Alberto Durán "no ha sido nunca defensor de Pablo Crespo" ni ha estado personado en los 'papeles de Bárcenas', por lo que "es ontológicamente imposible que conociera el contenido y desarrollo del proceso" y "nunca pudo prever si la Audiencia iba a reclamar al Partido Popular los ordenadores portátiles" usados por el ex tesorero, afirma el recurso.

La defensa cree que la jueza Freire ha confundido a Alberto Durán con Miguel Durán, el ex director general de la Once, que defiende a Crespo. La instructora, "sin haber efectuado la menor labor de contraste diligente, ha confundido a dos profesionales" entre los que no hay ninguna relación personal, familiar o profesional. Para la defensa, se trata de una equivocación "gravísima e injustificable".

El recurso subraya que Bárcenas "nunca se había dirigido al PP solicitando la entrega de los datos que pudieran contenerse en aquellos ordenadores, ni manifestando la menor preocupación por ellos".

"El formateado de los ordenadores", señala, "se efectuó con posterioridad a que, el 14 de marzo de 2013, Bárcenas hubiera recogido en la sede del PP –sin queja ni protesta alguna, ni comunicación relativa a la falta de entrega de ordenadores, ficheros o datos– todos sus objetos y efectos personales".

Según el recurso, la decisión de borrar y destruir los discos duros se amparaba en la legislación sobre protección de datos y en la normativa de seguridad del Ministerio de Industria, "pues es normativamente necesario reciclar cualquier dispositivo electrónico antes de proporcionárselos a una persona distinta de la que lo hubiera utilizado previa mente".

Qué contenían

Además, considera que "no existe ninguna prueba, ni indicio siquiera, de que los ordenadores contuvieran información o dato alguno, y menos aún que lo contenido en esos dispositivos" se refiriera a la financiación del PP.

"Son tan solo suposiciones e hipótesis carentes de contraste material en las actuaciones y contrarias a la presunción de inocencia", sostiene la defensa, que critica la afirmación de Freire de que "no ha resultado acreditado que dichos ordenadores estuviesen vacíos, es decir, que no contuviesen ningún archivo".

"Esta manifestación contradice expresamente el contenido del tipo delictivo tanto como el principio esencial de presunción de inocencia", replica el recurso. "El razonamiento que es necesario seguir es el contrario: lo que no ha resultado acreditado es, precisamente, que los ordenadores contenían una información concreta".

La defensa critica, asimismo, que la instructora no haya tenido en cuenta que otro Juzgado sobreseyó libremente una denuncia de Bárcenas por robo, declarando que no había acreditado que fuesen suyos. Durán defiende que esos dispositivos eran del PP pero, en todo caso, "si, cerrada la instrucción, ha sido imposible determinar si los ordenadores eran o no de Bárcenas o del Partido Popular, el delito de daños no va a poder aplicarse nunca".

Encubrimiento de qué

A su parecer, el auto de imputación también debe revocarse porque "técnicamente es imposible transformar una causa en procedimiento abreviado por delito de encubrimiento sin que se determine cuál sea el supuesto delito que se podría haber encubierto".

"Si no se concreta el delito supuestamente encubierto en ese auto de transformación, resulta ya imposible identificarlo en la fase de plenario, de tal modo que de nuevo se tramitaría un juicio en vacío".