Valencia

La Audiencia de Castellón ha rechazado los argumentos de la Fiscalía y ha acordado mantener el tercer grado concedido al expresidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra. El auto destaca que el excacique castellonense no ha vuelto a delinquir desde 2003 “a pesar de hallarse en libertad” y que tiene bienes embargados que cubren la parte de la condena que todavía le falta por pagar.

Fabra fue condenado a cuatro años de cárcel por defraudar casi 700.000 euros por ingresos no justificados que, contando lo defraudado por su mujer, suman 3,3 millones de euros. El auto ha sido emitido por la Sección Primera, es la misma sala que dictó resoluciones para evitar que fuera juzgado por cohecho y que provocó que el juez instructor pidiera amparo ante el Supremo.

Fabra cumple condena en el Centro Penitenciario de Aranjuez. El pasado mes de abril, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria estimó la petición del político, que pasó de segundo a tercer grado lo que le permite disfrutar de un régimen de semilibertad. La medida se tomó en contra del criterio de Prisiones y de la Fiscalía, que decidió recurrir ante la Audiencia Provincial de Castellón, órgano competente por ser el tribunal que le condenó. En el auto emitido el 30 de mayo se deja constancia de los argumentos que utilizaron para evitar que el reo obtuviera el tercer grado.

Así, la Fiscalía apeló a que Fabra no había satisfecho los 1,4 millones a los que fue condenado a pagar en concepto de multa e indemnización. En este sentido, la sala considera que Fabra ya ha satisfecho 729.672,70 euros más 36.568 euros en intereses y que para el resto existen “garantías en principio suficientes” porque “se embargaron bienes bastantes”.

“OTROS INTERNOS CON SUS CONDICIONES ESTÁN EN 2º GRADO”

También considera el Ministerio Público que se había realizado una “errónea valoración de las circunstancias personales y penitenciarias valoradas como favorables”. La Fiscalía señala que el informe de la junta de tratamiento de la prisión (desfavorable al tercer grado) destacó como factores de inadaptación que el delito cometido por Carlos Fabra es un delito “que exige un grado alto de planificación, que origina almarla social, y la falta de percepción del daño causado”. “Otros internos con sus condiciones están en segundo grado”, sostuvo la Fiscalía.

También la sala tumba este argumento: “Desde 2003 no hay más conductas con trascendencia penal a pesar de hallarse en libertad (...) Debe interpretarse objetivamente de modo favorable”.

Por todo ello la Sección Primera de la Audiencia falla a favor de Carlos Fabra y le permite seguir disfrutando del tercer grado que le permite cumplir el resto de la condena en régimen de semilibertad. El expresidente del PP de Castellón ha sido visto esta semana en Castellón.

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