El juicio contra la portavoz del Ayuntamiento de Madrid, Rita Maestre, por un delito de ofensa a los sentimientos religiosos quedó este jueves visto para sentencia después de 7 horas en las que se analizaron con lupa 7 minutos de la vida de la entonces estudiante del tercer curso de Ciencias Políticas, el tiempo que duró la ocupación de la capilla católica del campus de Somosaguas el 10 de marzo de 2011.

La titular del Juzgado de lo Penal número 6 de Madrid, Esther Arranz, escuchó la coincidente desmemoria de los testigos que eran amigos de Maestre y que participaron o conocieron la intervención que se llevó a cabo en la capilla, cuando un grupo indeterminado de personas (según unas versiones, alrededor de 20; según otras, hasta 50) entró en el templo pese a la oposición del capellán y, delante de varios jóvenes que se encontraban rezando, profirieron blasfemias como "me cago en Dios", "vamos a quemar la Conferencia Episcopal", "el Papa no nos deja comernos las almejas", "arderéis como en el 36", "contra el Vaticano, poder clitoriano" o "sacad vuestros rosarios de nuestros ovarios". Luego leyeron un manifiesto y acto seguido varias mujeres se desnudaron de cintura para arriba en torno al altar. Al final, dos de ellas se besaron en la boca. En la iglesia abandonaron una fotografía del entonces Papa Benedicto XVI con una esvástica pintada en el pecho.

El capellán: "Me empujaron"

La jueza oyó también el testimonio -vivo, muy detallado- de los feligreses que estaban en la capilla y que relataron sus sentimientos de "impotencia", "angustia" y "dolor". Ninguno de ellos describió la ocupación como pacífica, que es la tesis de la defensa, y coincidieron en la "hostibilidad verbal" de los intervinientes. "Lo que para algunos es pacífico para otros no lo es", indicó uno de los testigos. "La ofensa fue en primer lugar a Dios, en el que creemos los católicos. En la medida en que se ofende a Dios se nos ofende a los católicos. Desde fuera de la fe esto a lo mejor no se entiende, pero para los que tenemos fe es el mayor dolor", declaró.

Rita Maestre, en el banquillo por la protesta en la capilla de la Complutense

El sacerdote Rafael Hernando, encargado de la capilla, ha manifestado que las personas que integraban el grupo que ocupó el templo le empujaron para pasar y ha señalado que "entre las primeras estaba Rita". "Actuaba como la líder que iba delante", ha apuntado el testigo, que conocía a Maestre por ser compañeros de clase.

El capellán ha dicho que estaba en el despacho del templo y oyó gritos de personas que entraron en el recinto pese a su oposición. "Venían con pañuelos en la cabeza y gritando y les dije que así no podían entrar. Me empujaron. Yo me resistí pero no había manera de dialogar", ha relatado.

"¿Usted cree que ese acto era susceptible de ofender los sentimientos religiosos?", le ha preguntado la fiscal María Luisa Morando. "Sí", ha contestado sin tibubeos el capellán.

Maestre negó, sin embargo, haber tenido la intención de ofender a la religión católica. Su versión es que fue una "protesta por la ocupación de un espacio público" a la que ella se sumó sobre la marcha cuando vio a otros estudiantes dirigirse hacia la capilla.

Maestre ha admitido que se situó en la zona del altar, aunque sin leer un manifiesto que, para las acusaciones, contenía "burlas o mofa" de textos religiosos.

- ¿Usted fue de las personas que se quitó la camiseta?, preguntó la fiscal

-Sí, contestó Rita Maestre

- F: Se quedó el sujetador

- R.M.: Sí

- F.: ¿Y eso no le parece ofensivo?

- R.M.: Bueno... Un torso desnudo no tiene por qué ofender.

- F.: ¿Ni siquiera si eso se produce en un altar?

- R.M.: Es que no se realizó en ningún altar, no hubo ningún contacto con el altar.

- F.: Pero era la zona del altar, ¿le parece legítimo?

- R.M.: Las protestas pacíficas son legítimas.

En una vibrante y contundente intervención, la fiscal sostuvo que Maestre "rebasó la línea de lo admisible" en su forma de reivindicar que una capilla católica no debe tener lugar en un campus universitario.

"Es una pretensión perfectamente legítima. Lo que no está claro es si la forma que eligieron fue correcta".

Para el Ministerio Público, "lo que allí ocurrió va mucho más allá del derecho a la libertad de opinión y expresión" y consistió en una vulneración del derecho fundamental a la libertad religiosa. "La riqueza del Estado de Derecho", ha dicho, "es el respeto a los demás y había otros medios" para reivindicar la laicidad del Estado.

"Diríamos lo mismo si se hubiera ocupado una mezquita porque lo que aquí defendemos es que las personas que tienen una fe determinada sean respetadas", ha sostenido. "Decir 'me cago en Dios' o 'menos rosarios y más bolas chinas', desnudarse delante del sagrario es un acto claro de profanación".

"Le toca defender la democracia a usted, señoría"

A la fiscal le pareció "gravísimo" que cinco años después de los hechos Maestre siga considerando legítima la ocupación de la capilla. A su juicio, una persona con formación en ciencias políticas debería conocer la Constitución y los derechos fundamentales. 

"Es importante que los universitarios no saquen la idea de que esta forma de actuar es lícita. Los creyentes no pueden imponer sus creencias, pero los no creyentes tampoco. Es importante que avancemos en el respeto y la tolerancia, en que no haya discriminación por razones religiosas. Proteger la democracia, los derechos fundamentales, es muy importante y en el dia de hoy le toca protegerlos a usted", dijo la fiscal a la magistrada.

El defensor de la hoy concejal de Ahora Podemos, Gonzalo Martinez-Fresneda, ha sostenido, por el contrario, que la ocupación de la capilla no es "ni de lejos" delictiva. "La protesta no iba dirigida contra la Iglesia católica ni contra cosas sagradas, que ni se rozaron", ha dicho el prestigioso penalista, según el cual había una doble finalidad: reivindicar que una capilla no debe tener sitio en un espacio público de un Estado que se proclama aconfesional y hacer una reivindicación feminista contra la "concepción tradicional ultramontana, sexista y casposa que tienen de la mujer algunos intérpretes de la doctrina católica y con los cuales no están de acuerdo muchos católicos, ni siquiera el Papa actual".

La defensa ha subrayado que ningún testigo ha asegurado que Rita Maestre profiriera los gritos blasfemos que coreó el grupo ni que leyera el manifiesto que, para las acusaciones, sirvió de burla y mofa de textos y autores religiosos.

Ninguna mención a la conversación que tuvo en la puerta del templo con el capellán y en la que éste le pidió que no entraran de ese modo. Ninguna alusión tampoco al hecho, admitido por la propia Maestre, de que se desnudó en la zona del altar y se quedó en sujetador, dato del que tomó nota la jueza y que constituye uno de los aspectos más vulnerables para su defensa.

"No es de Código Penal", dice la defensa

El abogado hizo una concesión: la protesta "no respetó las formas ni la buena educación" y los eslóganes estuvieron "absolutamente pasados de tono". "Pero eso no permite echarles encima el Código Penal", ha dicho.

En su opinión, "parece que se quiere hacer responsable a Rita Maestre de la culpa colectiva de lo que hicieron 60. ¿Dónde están los otros 58?", preguntó.

Ignacio Martín Pina, defensor del otro acusado, Héctor Meleiro, ha incidido en el carácter "político" de este juicio, en el que se produce "un conflicto" entre dos derechos fundamentales, el de la libre expresión y el de la libertad religiosa.

Maestre y su antiguo compañero en la Facultad de Políticas Héctor Meleiro se enfrentan a la acusación de haber cometido un delito contra los sentimientos religiosos, que castiga a quien "en un templo (...) ejecutare actos de profanación en ofensa de los sentimientos religiosos legalmente tutelados". Pese a su escasa comisión y el bajo índice de condenas, el Gobierno de Aznar endureció la pena en la reforma del Código Penal que llevó a cabo en 2003: mantuvo la prisión de seis meses a un año pero elevó la multa a una duración de 24 meses (antes 10 meses)

Las tres acusaciones que intervienen en este proceso (el fiscal, el partido Alternativa Española y el Centro de Estudios Tomás Moro) piden un año de prisión para la política, aunque las dos acciones populares plantean como posibilidad alternativa una pena de multa. La petición más benévola es la de la formación de extrema derecha, 3.600 euros, mientras que el Centro Tomás Moro eleva la cuantía a 144.000 euros.

El Ministerio Público reclama la imposición de una pena accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo (imposibilidad de ser elegido para un cargo público durante el tiempo de la condena), a lo que este jueves se sumaron las acciones populares. En cambio, la fiscal rebajó de prisión a multa la petición de pena para Meleiro.

Tras las siete horas de juicio, Maestre abandonó los Juzgados sin aclarar si dimitirá como concejal en caso de ser condenada. "No depende sólo de mí", ha dicho. "Lo valoraremos en equipo cuando se produzca la sentencia".