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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la condena de 40 años de prisión impuesta a un empresario de Villaralbo por seis delitos de abuso sexual a menores, cinco de ellos de forma continuada.

Las víctimas eran amigas de las hijas del condenado y los hechos se produjeron entre 2016 y 2021, en el domicilio del procesado durante fiestas de pijama y en diversos viajes por vacaciones.

El TSJCyL ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa, que alegaba vulneración del derecho a un tribunal imparcial y error en la valoración de una prueba.

La sentencia ratifica, por tanto, la resolución dictada por la Audiencia Provincial de Zamora en noviembre de 2024, que consideró probado que el acusado cometió múltiples actos de carácter sexual sobre al menos seis menores, aprovechando la ausencia de otros adultos y la relación de confianza con las víctimas.

El tribunal concluye que el condenado se valió de su papel como padre de dos niñas para atraer a las menores a su domicilio, donde solían celebrarse fiestas infantiles o reuniones con pernocta, y para llevarlas de vacaciones en compañía de sus hijas.

En estos contextos, según la resolución, cometió repetidamente abusos sexuales, en algunos casos bajo el pretexto de ofrecer masajes. En uno de los episodios, el procesado llegó a introducir el pene en la vagina de una menor tras bajarle el bikini mientras ella estaba tumbada en una cama. En otro, se masturbó usando la mano de una de las niñas.

El fallo recoge que los hechos causaron graves secuelas psicológicas en las víctimas, que presentaban cuadros de "estrés postraumático, autolesiones, problemas de sueño, trauma por inadaptación familiar y escolar y cuadros depresivos". Algunas de ellas necesitaron atención psiquiátrica.

El TSJCyL señala que las declaraciones de las menores fueron "coherentes, persistentes y verosímiles" y estuvieron corroboradas por pruebas periciales y documentales. La sala subraya que no se ha vulnerado el derecho a la presunción de inocencia del acusado, que negó todos los hechos durante el juicio.

Además de la pena de prisión, se mantiene la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de las víctimas durante 15 años y la inhabilitación para cualquier actividad que implique contacto con menores durante 16 años. También se establece una medida de libertad vigilada durante una década tras el cumplimiento de la condena.

El condenado deberá indemnizar con 30.000 euros a dos de las víctimas y con 20.000 euros a otras cuatro por los daños morales sufridos.

La sentencia es firme; y el acusado se encuentra en prisión provisional desde febrero de 2022.