Un hombre de nacionalidad venezolana y mayor de edad ha visto desestimado el recurso que había presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Soria que le condenaba por una agresión sexual a una menor de 14 años a la que forzó a pesar de su negativa.
De esta forma, el TSJCyL ha ratificado y confirmado íntegramente la sentencia de primera instancia que le condena por un delito de agresión sexual en referencia a los artículos 181.1 y 2 del Código Penal.
Los hechos probados, según refleja la sentencia sobre lo descrito en primera instancia a la que ha tenido acceso este periódico, se remontan a febrero de 2023, cuando el acusado y la víctima, junto a dos amigos, uno de ellos compañero de piso del procesado, acudieron al domicilio del condenado.
Fue allí donde el hombre, siempre según el relato de los hechos de la sentencia replicados en la sentencia del TSJCyL, forzó a la menor a pesar de que ella días antes le había dejado claro vía Whatsapp que no quería mantener ningún tipo de relación con él.
Fruto de la agresión sexual a la menor, esta sufrió hematomas y un estado de gran ansiedad, generando problemas de sueño, rechazo al propio cuerpo y al contacto con personas del sexo masculino, además de presentar un gran temor al procesado.
La Audiencia Provincial de Soria le condenó entonces a cinco años de cárcel por el delito descrito y a otros tantos de libertad vigilada una vez cumplida la pena. De igual manera, le prohíbe durante 10 años desempeñar cualquier trabajo, remunerado o no, que implique contacto con menores de edad.
Tampoco podrá comunicarse con la víctima ni a través de cualquier red social ni acercarse a ella a menos de 300 metros durante 10 años, a cumplir de forma simultánea a la pena privativa de libertad. Por último, además de hacerse cargo de las costas procesales, se le condenó a pagar 10.000 euros a la menor en concepto de responsabilidad civil.
Pena que ha sido ratificada por el TSJCyL una vez ha desestimado íntegramente el recurso que el condenado había presentado ante la sección 1 de la Sala de lo Civil y Penal. Contra la sentencia cabe recurso de casación por infracción de ley y quebrantamiento de forma ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.