El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de León para el caso del párroco de Hospital de Órbigo de 80 años. Así, el hombre que estaba acusado de estafar más de 140.000 euros al cura del municipio leonés y de darle una fuerte paliza, junto a otras dos personas, en un intento de robo en el albergue parroquial, ha sido confirmada su pena de condenada a siete años y medio de prisión. Además, su pareja también ha sido condenada a tres años de cárcel por el delito de estafa continuada con el agravante del importe defraudado.

Así lo ha confirmado este martes el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en una sentencia a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL - Noticias de Castilla y León, donde el fallo de los magistrados pone de manifiesto que el hombre que venía siendo acusado es autor criminalmente responsable de un delito continuado de estafa agravado por el importe defraudado, por el que deberá cumplir una pena de tres años de prisión.

En definitiva, dice el auto, concurren todos los requisitos para estar en presencia de un delito de estafa agravado por la cuantía. Así habla de un engaño precedente o concurrente, que es el requisito medular de la estafa, para generar un riesgo no permitido para el bien jurídico (primer juicio de imputación objetiva). El engaño fue el fingir necesidades y penurias económicas. El engaño tiene que ser bastante, en el sentido de suficiente y proporcional, debiendo tener la adecuada idoneidad para que en la convivencia social ordinaria actúe como estímulo eficiente del traspaso patrimonial, debiendo establecerse esta suficiencia, idoneidad o adecuación del engaño con arreglo a un baremo mixto objetivo-subjetivo, en el que se pondere tanto el nivel de perspicacia o intelección del ciudadano medio, como las circunstancias específicas que individualizan la capacidad del sujeto pasivo en el caso concreto”.

“No podemos desplazar en la víctima la responsabilidad del engaño sufrido sobre la base de un determinado deber de diligencia que cabría esperar, porque el engaño es el que es suficiente y proporcional para la efectiva consumación del fin propuesto, y en este caso los acusados buscaron de propósito la debilidad de la víctima y su credibilidad por encima de la media No cabe imputar a la víctima el desapoderamiento que resulta, cuando no actúa voluntariamente. Y no cabe hablar de voluntariedad, en ese sentido, aun cuando el acto de desplazamiento sea voluntario, cuando actúa previo requerimiento del estafador”, asegura la sentencia.

Los hechos

Los hechos probados en la sentencia se remontan a principios de 2020, cuando la pareja acusada del delito de estafa se mudaron a vivir al municipio leonés. Allí se ganaron la confianza del párroco del pueblo, al que le solicitaron diferentes cantidades económicas para sufragar gastos por una supuesta enfermedad de uno de sus hijos, asegurándole que sobrepasaban una situación de "gran necesidad".

La víctima les estuvo realizando diferentes transferencias bancarias durante un tiempo, llegando a pedir dinero a amigos y feligreses, a quienes el párroco sí les ha devuelto la cuantía, e incluso haciendo uso de fondos propios o de la parroquia. Todo ello engañado por los acusados y pensando que le sería devuelto el dinero.

Sin embargo, no fue hasta cuando el alcalde del municipio y un oficial de la Guardia Civil le advirtieron de estar siendo víctima de una estafa cuando el párroco cesó en su buena fe de prestar el dinero, que nunca le fue devuelto y habiendo alcanzado la cifra superior a los 100.000 euros.

Por otro lado, durante la madrugada del 14 de agosto de 2021, el hombre acusado del delito de estafa se dirigió al albergue parroquial junto a otras dos personas, que no han sido identificadas, donde actuaron conjuntamente con el objetivo de lograr dinero u objetos de valor.

Fue entonces cuando uno de los ladrones que acompañaban al acusado se hizo pasar por peregrino, siendo recibido por el cura, quien recibió varios golpes en la cabeza y patadas, en una agresión donde participaron los tres. 

Tras la agresión, el acusado y las otras dos personas subieron hasta la parte de arriba del inmueble, donde buscaban dinero u objetos de valor, sin que se llevasen nada al huir tras escuchar que otros individuos que allí habitaban se acercaban al enterarse de los ruidos.

A consecuencia de estos hechos, el cura sufrió diversas lesiones, llegando a sufrir fractura de huesos en cráneo y cara, además de distintos traumatismos.

 

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