El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Burgos ha cancelado, en virtud de la Ley de la Segunda Oportunidad, las deudas públicas de un matrimonio burgalés que acumulaba una deuda de 189.989,74 euros. Con esta decisión, la pareja podrá mantener sus dos vehículos en propiedad, que se encontraban bajo amenaza de embargo.

El matrimonio contaba con una previsión de ingresos optimista, ya que el marido cobraba una buena pensión y la mujer era trabajadora por cuenta ajena y nunca llegaron a pensar que podrían sobreendeudarse. Debido a las consecuencias de la pandemia, la jornada laboral de la mujer se redujo y la entrada de ingresos disminuyó de forma considerable, comenzando los primeros atrasos e impagos, ante lo que los acreedores comenzaron a hacerse notar.

Los afectados de acordar algún tipo de prórroga u otras formas de pago, sin éxito. En ese momento, la pareja contactó con los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, que se encuentran especializados en la Ley de la Segunda Oportunidad, un procedimiento que permite la cancelación de las deudas por medio de resolución judicial desde el año 2015.

Los letrados estudiaron su caso y comprobaron que cumplía todos los requisitos para acogerse al proceso y fue en ese momento cuando decidieron dar el paso de acogerse a esta novedosa ley.

Actuaciones

La primera actuación llevada a cabo en el expediente fue la presentación de un preconcurso de acreedores. Así, el matrimonio obtenía el primer beneficio y el que más necesitaba: protección para no pagar y no ser embargado mientras durara el procedimiento. Durante este primer periodo, se intentó llegar a un acuerdo con los acreedores para abonar la deuda en plazos acordes a sus ingresos previstos. No obstante, este plan de pagos propuesto no fue aceptado por las distintas entidades bancarias y, por supuesto, ni fue contestado por las Administraciones Públicas.

Esto es lo que permitió a la pareja solicitar al Juzgado de Primera Instancia nº1 el perdón de sus deudas, algo que fue resuelto el pasado 20 de marzo por el tribunal, concediendo el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho al deudor. No obstante, como suele pasar en estos casos, esta resolución obtuvo la oposición de los respectivos Ayuntamientos de Madrid y Burgos, los cuales no estaban por la labor de renunciar al cobro de su deuda. A pesar de ello, siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo, el magistrado confirmó la cancelación de la deuda pública.

Una vez comprobados los requisitos y concedida la segunda oportunidad al matrimonio, han quedado libres de pagar 189.989,74 euros que arrastraban en deudas, y se les permite mantener los dos vehículos en propiedad. Esta sentencia deja sin posibilidades de cobrar a los acreedores de los asociados y permite al matrimonio ser excluido de cualquier fichero de morosidad.

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