El Servicio Público de Empleo de Castilla y León (Ecyl) ha publicado cuatro convocatorias de ayudas dirigidas a la contratación de desempleados por despidos colectivos, para el fomento del empleo estable, formación y contratos en prácticas y autoempleo de jóvenes, según publica este jueves el Boletín Oficial de la Comunidad.

En concreto, se convocan subvenciones dirigidas al fomento del empleo estable por cuenta ajena de personas cuya situación de desempleo provenga de despidos colectivos producidos en Castilla y León.

En este caso, los beneficiarios son las personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que adquieran las instalaciones en las que se encontraba ubicado el centro de trabajo en el que se procedió al despido colectivo.

La cuantía es de 4.000 euros por cada contrato subvencionable, con incrementos acumulables de 1.500 euros si el trabajador contratado es un menor de 35 años o una mujer.

El plazo de presentación de solicitudes varía según la fecha en la que se haya iniciado la contratación, de manera que si la misma se ha iniciado entre el 1 de octubre de 2018 y el día de la publicación de las ayudas en el Bocyl, ambos inclusive, el plazo será de dos meses computados desde el día siguiente a la publicación. Por otro lado, si se produce a partir del este viernes (día siguiente a la publicación) será de dos meses computados desde la fecha de inicio de la contratación, con límite hasta el 15 de octubre de 2019.

Jóvenes

Por otra parte, se han convocado ayudas, cofinanciadas por la Iniciativa de Empleo Juvenil y el Fondo Social Europeo, dirigidas al fomento del empleo estable por cuenta ajena de los jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil para este año.

Los beneficiarios son trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas), personas jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles y tienen por objeto fomentar la contratación indefinida ordinaria por cuenta ajena de los jóvenes incluidos en el Sistema de Garantía Juvenil o la contratación indefinida que, en su caso, pudiera contemplar cláusulas específicas de personas en atención a las personas beneficiarias de dicho Sistema.

Las cuantías serán de 8.000 euros por cada contrato subvencionable, con un incremento de 500 euros si la trabajadora es una mujer. El plazo, al igual que en la convocatoria para desempleados por despidos colectivos es de dos meses si la contratación se inició entre el 1 de octubre de 2018 y la publicación de este extracto de ayudas y del mismo plazo si se contrata a partir de este viernes y hasta el 15 de octubre.

Una segunda línea para jóvenes, también cofinanciada por el Fondo Social Europeo, se dirige al fomento de los contratos para la formación y el aprendizaje y de los contratos en prácticas para jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Los beneficiarios son las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles, no pertenecientes al sector público, que formalicen contratos para la formación y el aprendizaje, y/o cumplan los requisitos para poder ser destinatarios de dichas contrataciones.

Las cuantías serán de 3.500 euros tanto para los contratos para la formación y el aprendizaje como para los contratos en prácticas formalizados a jornada completa. Los plazos establecidos son los mismos que en el resto de convocatorias.

Finalmente, se publican subvenciones --cofinanciadas por el Fondo Social Europeo-- destinadas a fomentar el autoempleo de los jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

En este caso, los beneficiarios serán las personas físicas, incluidas aquellas que formen parte de una comunidad de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica, que se establezcan por cuenta propia y hayan iniciado una actividad económica por cuenta propia entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019.

La cuantía máxima de la subvención se calculará en función de que el solicitante acredite la realización de todas o alguna de las acciones subvencionables que se recogen en el extracto de resolución publicado este jueves en el Bocyl.

En concreto, si se acredita el inicio de una actividad económica por cuenta propia, el importe de la subvención será de 5.500 euros, que se podrá incrementar si concurre alguna de las circunstancias señaladas en las bases reguladoras de las ayudas. En el caso de que la acreditación se refiera a la contratación de servicios para mejorar el desarrollo de la actividad económica, se subvencionará con el 75 por ciento del coste real de los servicios prestados, IVA excluido, con un máximo de 3.000 euros.

Asimismo, la acreditación de cursos de formación se subvencionará con el 75 por ciento del coste real de la formación recibida, IVA excluido, con un máximo de 2.000 euros.

El plazo de presentación es el mismo que en las anteriores, dos meses --a contar desde el día siguiente a la publicación-- si se inició la actividad entre el 1 de octubre de 2018 y el día de publicación de este extracto, ambos inclusive. En el caso de que el inicio de la actividad tenga lugar a partir del día siguiente a la publicación en el Bocyl serán dos meses contados desde la fecha de inicio de la actividad, con el límite hasta el 15 de octubre de 2019.