Tomas-Hidalgo

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Opinión

La kale borroka en el fútbol

21 marzo, 2018 23:46

No hace mucho en un artículo de opinión anterior que trataba sobre el fútbol profesional califiqué al mismo como una estafa deportiva “un juego de listillos”.

Hoy no es el mal juego sobre un campo, el mal arbitraje, el mal uso que se hace de la palabra “deporte” para asociarlo al fútbol profesional.

Hoy lo que en este artículo se hace presente son las actividades, claramente ilegales, cuasi terroristas, que se producen alrededor del fútbol. Me estoy refiriendo a lo que yo califico como la “kale borroka del fútbol” que los grupos ultras de los equipos ejecutan antes y después de cada partido.

Hace unos días, los rusos del Spartak de Moscú en Bilbao con la muerte indirecta de un ertzaina, días después toca denunciar la agresión sufrida por dos vigilantes jurados, en Bilbao otra vez. Uno de ellos en grave estado y omnipresente la actividad de otro grupo de ultras, en este caso los del Olympique de Marsella, sin dejar de lado los ultras propios como Herrinorte de incitador necesario. Y es un problema.

Recuerdo como la lucha desde “la legalidad” contra la kale borroka asociada y ejecutada por las ramas juveniles de ETA (y la lucha contra esta última, con la contestada ilegalización de HB, su brazo político), cambió al asumirse, tomar en consideración, acciones que por su radicalidad y su contundencia, calificadas como muy contradictorias y muy contestadas.

La misma contestación procedente de distintas voces que se han encontrado con la aplicación del 155.

Es síntoma claro de que el poder político hace de la justicia una herramienta más de su lucha, adecuándola a sus querencias y es que solo los que hacen actos ilegales deben temer la aplicación de la Ley.

Y la Ley hizo acto de presencia, por ejemplo, cuando se tomó entre otras, la siguientes determinaciones: Que los padres fuesen los responsables civiles subsidiarios de los daños producidos por menores. Aunque ante esta observación estoy perplejo, que hasta ese momento no se aplicase la Ley. Igual había mano abierta para esto. Vuelvo a recordar que la justicia en este país no es independiente.

También se calificó esos actos como actos terroristas, como parte de las acciones del grupo terrorista ETA y su consiguiente judicialización por la Audiencia Nacional.

Lógicamente si se eleva la calificación de una acción ilegal a acto terrorista, elevar en consecuencia las penas para los responsables de los mismos y ayudó la progresiva desafección y el rechazo de la sociedad hacia estos actos.

Aunque la Kale Borroka no desapareció ipso facto, sí fue poco a poco disminuyendo en su actividad hasta casi hacerla ocasional, puntual y de baja incidencia o repercusión en la sociedad.

Hoy nos encontramos con acciones que se producen como consecuencia de un “acto deportivo” y por los llamados grupos radicales asociados a equipos de fútbol que siguen y persiguen un fin similar, crear, imponer su terror alrededor del fútbol.

Hay cierta permisividad por no decir afinidad y, puntualmente financiación, en las actividades de esos grupos en pos de conseguir la mal llamada animación, elevar el espíritu del equipo. Antiguamente esto se hacía por la unión de voces, gritos, gestos que procedían de cada uno de los espectadores y de forma libre, personal, no había un grupo creado específicamente para esa labor. Y mucho menos que esos grupos tengan actividad en nombre o representación de los clubs de fútbol con tan repudiables actividades.

En Estados Unidos y debido a la responsabilidad civil fácilmente judicializable y muy onerosa, los equipos deportivos no se vinculan, no dejan que pervivan dentro de su entorno grupos como los antes descritos, porque deberían, con ello, asumir la responsabilidad de sus actos.

La falta de equipos de animación la suplen con un grupo de animadoras y la mascota que a lo largo del partido invitan, con distintas actuaciones, a los espectadores afines a apoyar al equipo. Y cómo solventamos este problema, cómo proceder; debemos utilizar las mismas herramientas que en aquellos momentos tan duros dieron resultado y que han sido enumerados previamente?.

Estos grupúsculos deben empezar a ser rechazados por la masa social de la entidad deportiva, los equipos en su conjunto; por otra parte las directivas tienen que asumir parte de esa responsabilidad civil subsidiaria pues, qué duda cabe, la existencia de estos grupos radicales son consecuencia de una más que evidente colaboración y muchas veces hemos visto como el presidente del club, su elección lo debe a este tipo de grupos con la obligación consiguiente.

Su ilegalización en caso de actuaciones graves debe ser puesta sobre la mesa, y como último recurso, el cierre del club que puede ser una actuación traumática. No obstante recordar que la suspensión de la competición como se ha hecho en Grecia y tiempo atrás en Argentina es de facto un cierre de las actividades de los clubs y se han tornado convenientes.

Estudiar, por medio de la aplicación de la Ley del Deporte, sanciones a nivel deportivo como puede ser la pérdida de puntos o el descenso a categorías inferiores y esto ya se ha hecho cuando un equipo no cumple con sus obligaciones contractuales.

Y por este camino van las exigencias de los técnicos de Hacienda, solicitando sanciones vía Ley del Deporte hacia los equipos que defrauden.

Respecto a la Ley del Deporte, la extraterritorialidad de la UEFA y los clubs que la conforman, debería hacer pensar a la CE la creación de una Ley del Deporte con capacidad sancionadora, no me vale la Carta Europea del Deporte del año 75 renovada en 1992, ni el Libro Blanco del Deporte del año 2006 de la CE, tampoco el más reciente Tratado de Lisboa del año 2009, por que los acontecimientos han superado el espíritu casi amateur de todos estos tratamientos que Europa ha hecho del deporte.

O la UEFA toma cartas y, nunca mejor dicho, en este asunto o debe ser la UE o el Estado, los Estados donde radique cada equipo, quienes las deban asumir.