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Castilla y León ha optado por dar barra libre a la caza de jabalíes sin ningún tipo de límite. De esta forma, el portavoz de la Junta y consejero de Economía y Hacienda, Carlos Fernández Carriedo, ha dado cuenta de la orden de declaración de emergencia cinegética por este animal por la que se establecen medidas en materias de prevención de la enfermedad.

"El objetivo es reducir la población, que hoy es de unos 250.000 jabalíes", ha explicado Carriedo. Anualmente, el control de estos animales afectaba a unos 52.000 ejemplares anualmente y con esta medida, previsiblemente en vigor hasta enero, se aumentarán considerablemente estos cupos.

En esta línea, el consejero de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, Juan Carlos Suárez Quiñones, se reunió este pasado miércoles con la Federación de Caza de Castilla y León para trasladar todas estas medidas y poder repasarlas con el sector.

Carriedo ha precisado que el levantamiento de este veto "va a permitir favorecer el control cinegético" del jabalí en Castilla y León, bajo un "compromiso" de la Junta con el sector que sufre "dificultades en términos económicos por el precio del porcino en las lonjas".

Ha reconocido, no obstante, que desconocen en qué términos cuantitativos se incrementará el número de ejemplares de jabalíes sacrificados durante la caza con esta medida, pero ha resaltado que esta flexibilidad en los modos de caza y uso de determinadas técnicas que en otros momentos no están permitidas, garantiza que se vaya a "aumentar".

Ahora bien, ha aclarado que exista un control específico en aquellos cotos donde se han identificado osos para "evitar que el impacto de la actividad cinegética con el jabalí tenga un perjuicio con la comunidad de osos", aunque ha matizado que estos casos son pocos.

La orden establece por todo ello una serie de medidas extraordinarias para las posibilidades de intervención sobre las poblaciones de jabalí. En concreto, mediante la caza sostenible y también a través de los controles poblacionales. Tendrá efectos inmediatos tras su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL).

La emergencia elimina las posibles restricciones de cupo de jabalí que podía haber en los planes cinegéticos de los cotos de caza. También se permiten las modalidades de rececho y aguardo o espera en todos los cotos y se autoriza el empleo de visores nocturnos en la modalidad de espera o aguardo.

Esto último, eso sí, bajo la autorización de los titulares cinegéticos y únicamente para el jabalí. Asimismo, se permite la caza en las modalidades de al salto, en solitario y tanto con o sin perro, y en mano, en grupos de hasta seis cazadores, en todos los cotos y durante todos los días de la temporada general (del cuarto domingo de octubre al cuarto domingo de enero).

A mayores, se permite la caza en las modalidades de montería y gancho en todos los cotos de caza, incluso en los de caza menor que no tenían autorizada esta misma.

No existirán limitaciones en cuanto a número de cacerías por temporada y se podrán repetir manchas ya cazadas. No habrá tampoco una superficie mínima para poder celebrarla, pero estarán sujetas a régimen de comunicación, prácticamente en todos los cotos de Castilla y León, o a autorización, solo en aquellos que estén en zonas oseras.

También se permitirá la alimentación suplementaria de origen vegetal para aumentar la efectividad de las acciones de caza, así como la caza de otros suidos silvestres (cerdo vietnamita) y sus hibridaciones (cerdalíes).

En cuanto al precintado, se ha flexibilizado la comunicación de las capturas de jabalí a cazadores y organizadores de cacerías colectivas que hayan sido autorizados por el titular cinegético en formato papel.

Como con la caza menor, los usuarios rellenarán sus fichas diarias de caza, que entregarán con una frecuencia de 15 días al titular cinegético. Este mismo, bajo el mismo periodo, comunicará los resultados de captura a la administración para evaluar la presión y la efectividad de la emergencia.

Respecto al control poblacional, la orden habilita actuaciones durante todos los días del año, tanto en cotos de caza como en terrenos no cinegéticos como zonas de seguridad, áreas urbanas y vedados.

La orden habilita igualmente la utilización de capturaderos homologados en otras comunidades autónomas o estados miembro, incorporando las modalidades, alimentación suplementaria admitidas en la caza sostenible y visores nocturnos, y fija un plazo máximo de 5 días para la resolución de todas las solicitudes de control poblacional.

La orden ha sido elaborada conjuntamente entre las consejerías de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio y la de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

Por otro lado, Carriedo ha pedido a cualquier ciudadano o cazador que se encuentre el cadáver de un jabalí sin conocer la causa de su muerte que avise al 112.