La Junta ha puesto a disposición de nuevo los modelos de comunicación y autorización de cara a la quema de pequeños restos vegetales que fueron retirados debido a las restricciones que introdujo la normativa estatal de residuos de 2022

Finalmente, después de aprobarse este 2 de enero de la modificación de la normativa estatal, la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, ya está permitido de nuevo proceder a la tramitación de comunicaciones y solicitudes dirigidas a la quema de restos vegetales en pequeños montones en las zonas de monte y que se produzcan a menos de 400 metros de ellas fuera de la época de peligro alto.

Los trámites pueden llevarse a cabo a través de los dos modelos que se encuentran de nuevo disponibles en la página web de la Junta de Castilla y León.

La Ley de Residuos Estatal, debido a los problemas económicos que generaba a las pequeñas explotaciones, se modificó para permitir la eliminación de restos vegetales mediante quema. No obstante, las quemas en pequeños huertos, tierras con frutales y otros aprovechamientos domésticos, que constituyen el grueso de las mismas, siguen prohibidas con carácter general.

Solo quedan exentas aquellas explotaciones agrícolas organizadas empresarialmente (definición art. 2.2 Ley 19/1995, 4 julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias) y de entre estas las menores de 50 personas y con un balance inferior a 10 millones (art.2 anexo I Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, 17 de junio 2014 -definidas en la categoría de PYME).

La Junta recuerda que estas prácticas deben llevarse a cabo de forma responsable y segura sin apartarse de las condiciones que exige la normativa y que se plasman en los impresos de comunicación o solicitud. La quema puntual y controlada de estos restos permite el control del combustible forestal o de otro tipo desde un punto de vista eficiente y permite fijar previamente la cantidad de material a eliminar.