La Plataforma de Bomberos Profesionales de Castilla y León (PBPCyL) ha emitido un comunicado en relación a la sentencia que anula el plan sectorial presentado por la Consejería de Fomento, en el que señalan que se aprobó "sin tener en cuenta el informe del Consejo Consultivo de Castilla y León, sus propios servicios jurídicos ni a los propios agentes sociales representantes de los profesionales, a los que se ocultó el texto definitivo hasta su publicación, pese a haber sido solicitado en varias ocasiones para su estudio". Ante esto, "la plataforma, en defensa de los derechos de los Cuerpos de Bomberos profesionales y de la propia ciudadanía, en base a un servicio de primera que se merece, se vio en la obligación de llevarlo a los tribunales" y ahora celebra su anulación por "el incumplimiento de numerosas leyes".
En palabras de la Plataforma de Bomberos, "este plan sectorial, lejos de cumplir con las leyes y de mejorar los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento, precarizaba estos y dañaba los intereses de administraciones locales de menor rango como son las diputaciones y ayuntamientos".
La Plataforma achaca la anulación del plan a tres razones. La primera de ellas es la "inseguridad jurídica". En este sentido, señalan que "se supone que las leyes están para dejar las normas de funcionamiento, las obligaciones de los actores y en general todos los aspectos fundamentales del ámbito al que se refiere la norma, claramente definidos. Pero este decreto no lo hace. No define, si quiera, algo tan importante como los conceptos de interviniente o turno, además de cambiarlos por los que debieran ser, bombero y dotación". Y añaden que "infringe, según sentencia, el artículo 9.3 de la Constitución Española".
La segunda razón es la "indefinición presupuestaria", acerca de lo cual indican que "el legislador (en este caso las Cortes de Castilla y León) está obligado a valorar el impacto económico sobre el resto de administraciones a las que obliga su plan, y no lo hace". La plataforma sostiene que, en este caso, "la actitud del legislador es un 'yo invito, tú pagas'", y según la sentencia, "no cumple las exigencias legales de la Ley 39/2015 art. 129 ni la Ley 2/2012 art. 7.3".
En el comunicado, la Plataforma de Bomberos señala la "aplicación del plan en sentido contrario" como el tercer motivo para su anulación. "Si diseñas un plan donde prevalece la coordinación y el apoyo entre los parques de bomberos profesionales y a su vez en que los voluntarios de extinción apoyen a los primeros, no puedes dar lugar a que sean los voluntarios los principales actuantes, y finalmente, los profesionales los que apoyen y colaboren con los voluntarios", sostienen. "Todas las primeras respuestas a siniestros tienen que ser atendidas en el tiempo de respuesta que fija el propio plan por profesionales. Cuestión distinta es que los voluntarios, además, puedan colaborar con los servicios esenciales bajo la dirección, control y supervisión de los primeros", aclaran. Por ello, "incumple, según reza la sentencia, varios artículos de la Ley 45/2015 y otros de la Ley 8/2006, esta última de Castilla y León".
Además, la Plataforma apunta en su comunicado a un "error en la catalogación de parques". Así, afirman que "el plan llega a omitir (no sabemos con qué intención) uno de los parques de bomberos más importantes de la Comunidad, como es el S.E.I.S del Ayuntamiento de Salamanca, Parque Tipo 1 por la propia definición del plan sectorial como municipio de más de 20.000 habitantes, con todos sus miembros agentes funcionarios y marcan, con cierto empaque, al Parque de Villares de la Reina, municipio de Salamanca con unos 6.600 habitantes, y al que correspondería una catalogación de Parque Tipo 2, que además, corresponde a una contrata con una empresa privada en la que sus trabajadores aun siendo profesionales, no son agentes de autoridad y por tanto, incumpliendo no solo la ley, sino también otra de las sentencias ganadas en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León por la Plataforma de Bomberos Profesionales de Castilla y León".
La entidad también recuerda que "la sentencia no es firme y aún cabe recurso al Tribunal Supremo, donde decidirán si admiten el recurso o confirman la firmeza de la sentencia". Desde la Plataforma, "seremos pacientes y observadores de lo que suceda, respetaremos el derecho a recurso de la Junta de Castilla y León, pero de momento, nos congratulamos con la sentencia dictada por el máximo organismo jurídico en nuestra Autonomía porque por el momento, demuestra lo que llevamos denunciando años: los únicos bomberos deben ser funcionarios y agentes de autoridad y serán los únicos que puedan conformar los SPEIS (cuerpos de bomberos). Ni voluntarios, ni privados pueden sustituir a los profesionales de las administraciones públicas".
"Recordamos, además, que son tres los denunciantes (PBPCyL, UGT Y CSIF), y tres las sentencias, todas ellas condenatorias a la Junta, anulando de facto el plan sectorial. Si la actitud del legislador es prepotente y, como parece, tozuda, no acepta aportaciones de los agentes sociales ni de los profesionales del ámbito que pretende legislar, es lógico que deba asumir toda la responsabilidad", recalcan.
Además, agregan que "en política, donde se supone que se está en base a una vocación de servicio público a la sociedad, lo normal sería que quien ha optado por esa estrategia errónea, en este caso el consejero de Medio Ambiente, dimitiera y dejara paso a otros más capaces o con otros intereses para empezar a escuchar y acordar soluciones". Por su parte, "el presidente de la Junta, que otorgó su confianza, debería dar las explicaciones que correspondan al resto de partidos y públicamente a la ciudadanía de Castilla y León y, en todo caso, cesar de manera inmediata al Consejero titular", apuntan.
La Plataforma concluye que "si además vinculan en cuanto al reparto de Fondos Europeos, que suponen mucho dinero para las Administraciones locales de Castilla y León para inversiones en materia de Servicios de Prevención de Extinción de Incendios y Salvamento (Bomberos) a este plan sectorial, sesgado y falto de rigor jurídico, cuestiones como el olvido de un parque de una capital de provincia, se tiene que ser consciente de estar privando a este municipio de ayudas europeas, pues aparentemente, tienen dos opciones: o rezar para que su recurso sea admitido a trámite (poco plausible en nuestra opinión) o cambian de actitud, dialogando, acordando y pactando soluciones con las fuerzas políticas de nuestras Cortes y teniendo en cuenta también a los agentes implicados en la materia para encontrar la mejor solución".