Actuar contra la pobreza energética sin reduccionismos

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La creciente y alarmante pobreza energética en España, reconocida por la Estrategia Nacional aprobada el año pasado por el Ministerio de Transición Ecológica, nos pone de relieve la necesidad de una mayor audacia en la comprensión y orientación de las políticas públicas al respecto. Políticas y actuaciones en numerosas ocasiones afectadas por cortoplacismos y reduccionismos que han impedido obtener resultados reseñables hasta la fecha.

La Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética (2019-2024), ya en marcha, cubre algunas lagunas que existían y facilita nuevos escenarios para la intervención y solución, pero no contiene un horizonte realmente omnicomprensivo ni integral que permita terminar eficazmente con la pobreza energética.

Es necesario un enfoque más ambicioso y transversal, que se principie desde las causas mercantiles y no sólo desde los efectos sociales del fenómeno de la pobreza energética. Las diversas organizaciones sociales que trabajan en este ámbito están en posición de jugar un papel clave y directo en la intervención y solución de este problema. Ello implica necesariamente ir más allá de las medidas meramente paliativas o técnicas. Las políticas de bonificación de la factura eléctrica (bono social) o de eficiencia energética en hogares vulnerables pueden ser, ciertamente, medidas oportunas, pero no suficientes ni centrales para la resolución de esta problemática socioeconómica.

Examinar más profundamente el fenómeno de la pobreza energética implica replantear las bases estructurales del mercado eléctrico, sobre todo la producción eléctrica, los costes asociados, la formación y transparencia de los precios, así como los fines de la política energética actual, cuya operatividad impide aún la garantía de un suministro asequible para muchos hogares españoles en situación de vulnerabilidad.

Por otra parte, referirse a la pobreza energética implica reconocer jurídicamente un derecho universal a la energía, es decir, una garantía de suministro mínimo vital y una prohibición de desconexión de los colectivos vulnerables. La dignidad humana, afectada por la pobreza energética, presupone reconocer un derecho a la vivienda, porque éste quedaría ineficaz si en la vivienda no hay un suministro eléctrico mínimo asegurado. De poco sirve que se reconozca constitucionalmente un derecho a la vivienda si la vivienda carece de energía.

De la misma forma, de nada sirve el reconocimiento legal de un derecho a la energía si una parte de la población no tiene acceso real a la vivienda por motivo del encarecimiento del mercado de venta y alquiler de las primeras viviendas en las grandes ciudades españolas. Es preciso tener en cuenta el desempleo crónico, los entornos de exclusión social, la precariedad laboral y el endeudamiento que afrontan las familias españolas, factores que dificultan decisivamente el acceso a la primera vivienda, sin olvidar los grupos de población que habitan en hogares sin título de propiedad o con arrendamientos irregulares.

En este sentido, se hace inaplazable el fomento de un potente parque de vivienda pública en alquiler social con subvención para los gastos de suministros energéticos para colectivos especialmente vulnerables. Lo mismo puede afirmarse del derecho al trabajo, habida cuenta de que España, de acuerdo con los últimos datos publicados por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, tiene una cifra total de parados registrados de 3,2 millones de personas en el mes de enero de 2020. Energía, vivienda y empleo están interrelacionados, y cualquier medida de política social debería contemplar la coordinación territorial y administrativa de todas ellas.