El 8 de febrero de 2026 es una fecha marcada en el calendario de todos los aragoneses. Ese día se celebran las elecciones autonómicas de Aragón, una cita clave para el futuro político de la comunidad.
Desde hoy y durante las próximas 72 horas, muchos ciudadanos pueden recibir una notificación oficial para formar parte de una mesa electoral, ya sea como presidente o como vocal.
Lo que no todo el mundo sabe es que, tanto si eres votante como si has sido designado miembro de una mesa electoral, la ley reconoce una serie depermisos y derechos laborales que conviene conocer.
Permisos para los votantes
Pese a estar reconocido este derecho, la ley no opera para todos los trabajadores de la misma manera. Todo dependerá de cuánto coincida tu jornada laboral con el horario de apertura de los colegios electorales. Así funciona:
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Si tu horario no coincide o lo hace en menos de dos horas, no tendrás derecho a permiso retribuido. En este caso, la ley no contempla horas pagadas para ausentarte del trabajo.
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Cuando la coincidencia sea de dos o más horas y menos de cuatro, podrás disponer de dos horas retribuidas para ejercer tu derecho al voto.
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Si el solapamiento es de cuatro o más horas y menos de seis, el permiso asciende a tres horas pagadas.
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Finalmente, si coincide seis horas o más, tendrás derecho al máximo. Cuatro horas retribuidas.
La normativa también abarca otras situaciones. Por ejemplo, quienes trabajen lejos de su domicilio habitual o tengan dificultades para ir a votar ese día podrán usar el permiso para tramitar el voto por correo.
Asimismo, en el caso de los empleados a jornada parcial, las horas de permiso se calcularán "en proporción a la relación entre la jornada de trabajo que desarrollan y la jornada habitual de las personas trabajadoras contratadas a tiempo completo en la misma empresa".
Eso sí, serán las empresas quienes determinen en qué momento del día se disfrutan esas horas.
Permisos para los integrantes de la mesa electoral
En lo que a los presidentes, interventores y vocales de mesa respecta, tienen derecho a un permiso retribuido durante todo el 8 de febrero, siempre que no coincida con su descanso semanal.
Además, en pro de facilitar su descanso después de un domingo duro, podrán disfrutar de cinco horas retribuidas adicionales al día siguiente de las elecciones.
En el caso de los apoderados, el permiso se limita al día de la votación, siempre que ese día esté previsto trabajar.
Asimismo, para los trabajadores con turno de noche la víspera de las elecciones, la empresa deberá cambiarle el turno, si así lo solicita, para que pueda descansar antes de acudir a la mesa.
Otros permisos
Por otro lado, el personal de la Administración autonómica que se presente como candidato a las Cortes de Aragón también cuenta con permisos específicos.
Durante el tiempo que dure la campaña electoral, estos trabajadores pueden solicitar un permiso retribuido para desarrollar su actividad política, tal y como recoge la normativa vigente.
Para formalizarlo, será necesario presentar una solicitud previa y justificar formalmente la candidatura.
