La legislatura que se acaba

Por Ramón Villota Coullaut

Para mí lo más sorprendente de estos meses de zozobra ha sido que el Gobierno en funciones se ha negado a responder ante el Congreso de los Diputados, haciendo una interpretación muy discutible de la Constitución y de la Ley Orgánica del Gobierno. Y esto, que puede parecer que tenga una importancia mínima, implica que nuestro Gobierno en funciones ha evitado el control parlamentario, el control político que todo Parlamento, como representante de la soberanía popular, debe ejercer, sin importar que el Gobierno haya sido nombrado por el Congreso de los Diputados.

Así, el art. 21 de la Ley Orgánica del Gobierno dice: “El Gobierno en funciones facilitará el normal desarrollo del proceso de formación del nuevo Gobierno y el traspaso de poderes al mismo y limitará su gestión al despacho ordinario de los asuntos públicos, absteniéndose de adoptar, salvo casos de urgencia debidamente acreditados o por razones de interés general cuya acreditación expresa así lo justifique, cualesquiera otras medidas.

El Presidente del Gobierno en funciones no podrá ejercer las siguientes facultades: Proponer al Rey la disolución de alguna de las Cámaras, o de las Cortes Generales. Plantear la cuestión de confianza. Proponer al Rey la convocatoria de un referéndum consultivo.

El Gobierno en funciones no podrá ejercer las siguientes facultades: Aprobar el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado. Presentar proyectos de ley al Congreso de los Diputados o, en su caso, al Senado.

Las delegaciones legislativas otorgadas por las Cortes Generales quedarán en suspenso durante todo el tiempo que el Gobierno esté en funciones como consecuencia de la celebración de elecciones generales”.

Es decir, este precepto no hace mención alguna del control parlamentario del Gobierno, refiriéndose únicamente a su propia actividad, sea del Presidente del Gobierno o del propio Gobierno, pero no a la de las Cámaras. Para la actividad de las Cámaras hay que remitirse al art. 26 de la citada Ley Orgánica, que, en su punto segundo, dice: “Todos los actos y omisiones del Gobierno están sometidos al control político de las Cortes Generales”. Por tanto, la Ley Orgánica del Gobierno no limita el control parlamentario al Gobierno, lo único que hace es limitar las funciones del Gobierno en funciones.

Y esto significa la nula voluntad del gobierno actual de respetar la nueva situación política, algo que por otra parte no creo que solo sea un problema del Partido Popular, ya que la inexistencia de mayorías de gobierno suficientes nunca debió provocar unos vetos para empezar a dialogar.Esto nos ha llevado a unas nuevas elecciones que posiblemente no van a modificar mucho los resultados actuales, pero espero que sí la voluntad de llegar a acuerdos de nuestros políticos.