Existen grandes expectativas de lo que puede dar de sí el Anteproyecto de Ley Crea y Crece que ha impulsado el Gobierno y que actualmente se encuentra en fase de audiencia pública. Desde un punto de vista de comunicación, se han destacado sus medidas más llamativas, como la creación de empresas con capital social de solo un euro o la reducción de los plazos y trámites para crear empresas, que solo tardarían unas 10 horas, entre otras. Pero, ¿cuál será el impacto práctico de estas medidas que, sin duda, suenan tan bien? ¿Son realistas los objetivos que se plantean?

Antes de nada, es conveniente contextualizar. El Gobierno presentaba en enero de este año el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que, según se indica en el preámbulo del texto sometido a consulta pública, es el marco en el que tenemos que situar este Anteproyecto, concretamente, en el Componente 13, titulado "Impulso a la pyme".

El objetivo de dicho plan es establecer un marco jurídico capaz de impulsar la creación de empresas mediante mejoras regulatorias, eliminando obstáculos a las actividades económicas y facilitando el apoyo financiero para el crecimiento empresarial.

En este sentido, se prevé la modificación de la regulación existente para facilitar la creación de una Sociedad de Responsabilidad Limitada con solo un euro de capital social, así como la agilización y digitalización de los trámites de constitución, a través del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE). Pero hay más.

Adicionalmente, para atajar la morosidad en las operaciones comerciales y avanzar en la digitalización de las relaciones empresariales, la norma promueve el uso de la factura electrónica en operaciones entre empresas y autónomos. Esta iniciativa también persigue reducir los costes de transacción y mejorar la transparencia en el tráfico mercantil. De este modo, se pretende contar con información clara y fidedigna sobre los plazos reales de abono de las facturas.

Desde hace tiempo es posible crear una sociedad con un capital inferior a 3.000 euros

Precisamente el cumplimiento de los plazos para realizar el pago sería un requisito para, por ejemplo, acceder a subvenciones. Y los incumplimientos en los mismos serían penalizados en las contrataciones públicas.

En cuanto a los instrumentos de financiación del crecimiento empresarial, hay que subrayar el propósito de potenciar los sistemas de financiación alternativa, como el crowdfunding, la inversión colectiva y el capital riesgo.

Un vistazo al tejido empresarial español

La posibilidad de crear una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de solo un euro en lugar de los 3.000 euros actuales "supondrá una reducción en el coste de creación de empresas, lo que promoverá la creación de nuevos negocios, permitirá emplear los recursos liberados en usos alternativos y reducirá los eventuales incentivos a crear empresas en otros países con menores costes de constitución", dice el texto.

Si miramos el tejido productivo español, podemos entender que para muchas microempresas y autónomos liberar estos fondos puede suponer una cierta ayuda relativa, pero no se puede interpretar como una medida que indiscutiblemente consiga su objetivo de impulsar un tejido empresarial robusto ni evitar futuras crisis o reducciones en la demanda de productos y servicios.

De hecho, esta medida no es tan novedosa como parece, pues desde 2013 existen las "Sociedades en régimen de formación sucesiva", que pueden tener un capital inferior al mínimo legal siempre y cuando cumplan con una serie de condiciones, relacionadas principalmente con la responsabilidad de los socios frente a acreedores. Es decir, desde hace tiempo es posible crear una sociedad con un capital inferior a 3.000 euros.

Es probable que la agilización de los procesos para crear una empresa sea la medida con más impacto de las que se recogen en este anteproyecto. Recortar burocracia no es una mala idea en todo lo relacionado con el área mercantil-societaria, por lo que si finalmente en la práctica esto se consigue cerrar en dos o tres días ya es un avance positivo. También se podrían haber planteado otras medidas de gran eficacia práctica, como son las relacionadas con la reducción de costes (notariales, registrales, fiscales, etc.).

Aunque las medidas que impulsa este Anteproyecto están enfocadas principalmente a microempresas y autónomos, no son suficientes para mejorar su estabilidad ni impulsar su crecimiento

Aunque las medidas que impulsa este Anteproyecto están enfocadas principalmente a microempresas y autónomos, que tienen un enorme peso en el tejido empresarial español, no son suficientes para mejorar su estabilidad ni impulsar su crecimiento.

Si miramos las cifras del Instituto Nacional de Estadística (INE), los últimos datos disponibles del Directorio Central de Empresas (DIRCE) muestran que a 1 de enero de 2020 en España había 3.404.428 empresas activas. De ellas, el 60,6% pertenece al sector Servicios; le siguen el Comercio, con el 21,3% del total; la Construcción (12,3%) y la Industria (5,8%).

Pero lo más relevante es que a esa fecha, más de 1,91 millones de empresas, es decir, el 56,2% del total, no contaban con trabajadores. Solo el 4,9% del total de quienes sí tenían trabajadores, contaba con 20 o más asalariados. Además, según el DIRCE, hay 1.899.810 empresas que son una persona física, lo cual representa el 55,8% del conjunto total de unidades.

Es decir, las microempresas y autónomos suponen un sector muy amplio e importante de las empresas españolas, pero suele ser más vulnerable ante los cambios económicos. Parece que estas medidas tienen difícil tanto alcanzar los loables objetivos planteados, como resolver los problemas que tiene este sector tan numeroso del tejido productivo en España.

Parados emprendedores

La posibilidad de crear empresas con capital de un solo euro permitiría que cualquier persona pueda hacerlo por ese importe simbólico. Es probable que un impacto importante de esta iniciativa se vea en la reducción del número de parados: muchos de ellos podrían animarse a emprender. Otra cosa es que sus proyectos empresariales cuenten con la solidez que requiere un negocio viable a medio o largo plazo.

Muchos parados podrían animarse a emprender. Otra cosa es que sus proyectos empresariales cuenten con la solidez que requiere un negocio viable a medio o largo plazo

Además, es necesario tener en cuenta que, con ese capital tan reducido, muchas empresas se crearían con un desfase patrimonial de partida, ya que el capital social desarrolla una función de garantía de la empresa hacia terceros. Por tanto, cualquier deuda que sea superior a un euro ya pondría en aprietos a la empresa.

Sin embargo, hay unas cautelas en el Anteproyecto, que introduce dos reglas para las Sociedades de Responsabilidad Limitada cuyo capital social sea inferior a 3.000 euros con el propósito de salvaguardar los intereses de los acreedores: cuando se generen beneficios se debe dotar una reserva legal de al menos el 20% de dicho beneficio hasta que la suma de aquella y del capital social alcance el importe de 3.000 euros; y, en segundo lugar, si el patrimonio de la sociedad fuera insuficiente para atender el pago de las obligaciones sociales los socios responderán solidariamente de la diferencia entre el importe de 3.000 euros y la cifra del capital (medidas parecidas a las establecidas para las Sociedades en régimen de formación sucesiva).

Por otra parte, la "Sociedad Limitada Nueva Empresa" nació también como un superproyecto para facilitar la rápida creación de sociedades y reducción de trámites, pero en la práctica apenas se ha utilizado este instrumento. Además, este Anteproyecto deroga la regulación de este tipo de sociedad. Y es en este punto cuando surge la duda sobre si quizás ocurrirá lo mismo en el futuro con las medidas que recoge el Anteproyecto de Ley Crea y Crece.

En el día a día de los pequeños empresarios y microempresas, que son tan numerosas en el tejido empresarial español, no tendrá un gran impacto

También es probable que las microempresas actuales y las de nueva creación tengan que invertir en programas informáticos para llevar la contabilidad con la implantación de la factura electrónica, por lo que los potenciales beneficios que podría tener el llevar un control en los plazos de abono de las facturas a las microempresas y autónomos y de imponer las correspondientes sanciones cuando estos se extiendan en exceso, pueden generar un problema en la práctica.

En lo relacionado con el crowdfunding, cabe destacar que el Anteproyecto incorpora lo regulado en el Reglamento (UE) 2020/1503, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los proveedores europeos de servicios de financiación participativa para empresas, aprobado el 7 de octubre de 2020, por el que se modifican el Reglamento (UE) 2017/1129 y la Directiva (UE) 2019/1937. Las novedades sobre esta materia, por tanto, no surgen sólo como parte de un plan estratégico ideado por el Gobierno, sino también por la obligación de trasponer lo que establece dicho Reglamento.

Con todo, regular el crowdfunding es algo positivo, pues un nuevo instrumento de acceso a la financiación que ha mostrado muy buenos resultados en otros países y en España. Sin duda es previsible que las microempresas y pymes se verán beneficiadas por disponer de un marco normativo más claro, consecuencia de la trasposición de la regulación europea.

En definitiva, este Anteproyecto genera grandes expectativas y se ha presentado con grandilocuencia, pero en la práctica, en el día a día de los pequeños empresarios y microempresas, que son tan numerosas en el tejido empresarial español, no tendrá un gran impacto si no se implementan medidas más conectadas con la realidad de los emprendedores.

*** Rafael Ansón es abogado y socio del área de Derecho Mercantil de Bufete Mas y Calvet, así como profesor de Derecho Mercantil en la Universidad Villanueva.

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