Bruselas

La Comisión Europea ha autorizado este lunes el nuevo Fondo de recapitalización de empresas afectadas por la Covid-19 creado por el Gobierno de Pedro Sánchez, cuya dotación asciende a 1.000 millones de euros. Bruselas considera que este instrumento, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 15 de junio, es necesario, adecuado y proporcionado para poner remedio a la grave perturbación en la economía española provocada por la pandemia.

"Este régimen de recapitalización de 1.000 millones de euros permitirá que España preste apoyo a las empresas afectadas por la pandemia de coronavirus, facilitando su acceso a la financiación en estos difíciles tiempos", ha dicho la vicepresidenta ejecutiva de la Comisión y responsable de Competencia, Margrethe Vestager, en un comunicado.

La ayuda está disponible para empresas establecidas en Españas de cualquier sector salvo el financiero, cuyos ingresos netos totales oscilen entre 15 millones y 400 millones de euros en base consolidada, y que atraviesen dificultades de capital debido a la pandemia de coronavirus. Las empresas que hayan recibido ayuda a través del Fondo de Solvencia para Empresas Estratégicas no podrán acogerse a este nuevo régimen.

Bruselas considera que este instrumento, que invertirá a través de instrumentos de deuda y capital y estará gestionado por COFIDES, se ajusta a las condiciones establecidas en el marco temporal de la UE sobre ayudas públicas durante el coronarivus. Por lo que se refiere a las medidas de recapitalización, las empresas sólo pueden recibir ayuda si no se dispone de otra solución adecuada y si intervenir redunda en el interés común.

Además, la ayuda se limita al importe necesario para garantizar la viabilidad de los beneficiarios y restablecer la posición de capital que tenían antes de la pandemia de coronavirus; y el régimen proporciona una remuneración adecuada al Estado e incentiva a los beneficiarios o a sus propietarios a devolver la ayuda lo antes posible (incluida una prohibición de reparto de dividendos y la prohibición de pagos de primas a los administradores).

Finalmente, el Ejecutivo comunitario ha concluido que existen salvaguardias para garantizar que los receptores no se beneficien indebidamente de la ayuda a la recapitalización por parte del Estado en detrimento de la competencia leal en el mercado único, como la prohibición de realizar adquisiciones para evitar las expansiones comerciales agresivas.

Por lo que se refiere a las ayudas en forma de instrumentos de deuda subordinada, si las intervenciones del Fondo superan determinados límites de volumen de negocios y masa salarial de los beneficiarios, deberán cumplir las condiciones más estrictas establecidas para las medidas de recapitalización, destaca la Comisión.

Por último, solo podrán acogerse a las ayudas del régimen las empresas que no se consideraba que estuvieran en dificultades financieras a 31 de diciembre de 2019.

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