Sevilla

La Junta de Andalucía actualizará el reglamento autonómico relativo a los establecimientos de juego cuya normativa se ha mantenido inmóvil desde 1986. Así lo ha anunciado el consejero andaluz de Hacienda, Juan Bravo, quien ha añadido que el decreto endurecerá el control sobre el juego presencial para ajustarlo a la "realidad".

En rueda de prensa tras la reunión semanal del Consejo de Gobierno, el titular de Hacienda ha destacado que se trata de una actividad empresarial "legal y lícita" con importantes controles. En Andalucía, el sector genera 5.000 empleos directos y 3.500 indirectos

El decreto, que comienza ahora su trámite parlamentario, modifica las normas impuestas y las endurece. Según ha avanzado el consejero andaluz, la anterior normativa regulaba la distancia entre locales de juegos pero no entre colegios e institutos

El consejero andaluz de Hacienda, Juan Bravo.

En este sentido, ha anunciado que el decreto obligará a tales establecimientos a estar a 150 metros como mínimo de los centros educativos. Para la protección de los menores también se imponen controles de acceso, un mecanismo que no establecía la anterior normativa. 

En ese control, según ha esbozado Juan Bravo, un trabajador del local deberá impedir  la entrada a menores y a los inscritos en el denominado registro de autoprohibidos. Se eliminan por tanto las zonas que hasta ahora eran de libre acceso. A todo ello se suma un registro único regional de autoprohibidos.

Más multas

El Gobierno de Juanma Moreno también contempla con este decreto sanciones más duras al adaptarse al régimen sancionador de los distintos reglamentos. Pasan a considerarse muy graves, en lugar de graves, las infracciones relativas a permitir el acceso a menores.

Este agravio se amplía a la instalación de publicidad no autorizada o al incumplimiento de los horarios de apertura. Conllevan multas que oscilan entre los 10.000 y los 300.000 euros, cuando antes se situaban entre los 600 y 10.000 euros.

Respecto a la publicidad, se prohíbe la que difunda mensajes o representaciones del juego y la de deportistas sobre cuyos deportes se pueden cruzar apuestas en las fachadas y paramentos exteriores de los establecimientos. Tampoco podrá ser visible desde el exterior la información sobre la cotización puntual de las apuestas.

Este endurecimiento de sanciones se traduce, además, en la potestad de la administración autonómica para suspender temporalmente la autorización de apertura. También podrá clausurar el establecimiento si se producen estos supuestos.

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