El Gobierno quiere conseguir que la economía entre en estado de hibernación para frenar el avance del coronavirus. Para ello ha decretado un conjunto de 25 actividades esenciales de las que España no puede prescindir y que se publicaba pocos minutos antes de que terminara este domingo. 

Un listado oficial que difiere con creces del borrador filtrado a los medios de comunicación a la conclusión del Consejo de Ministros. Tal y como ha contado Invertia, desde que terminó la reunión del Gabinete hasta su publicación en el Boletín Oficial del Estado hubo modificaciones por varios motivos: peleas internas entre Ministerios, presiones de distintos sectores para quedar excluidos o incluidos y alguna llamada de Comunidades Autónomas intentando salvar su industria. 

En medio de este panorama, algunas actividades fueron eliminadas en el listado definitivo¿Qué sectores quedaron excluidos del borrador inicial y, por tanto, ya no son considerados como actividad esencial?

Pues para empezar las empleadas del hogar se quedan fuera. En un principio, se incluían en el punto 10 del borrador a las personas empleadas del hogar y personas cuidadoras. Las primeras ya no son esenciales, pero las segundas si cuidan a personas vulnerables sí pueden seguir trabajando.

También resultó curioso que se incluyera en el borrador inicial como servicio esencial la actividad sindical y patronal para dar servicio a empresas y personas trabajadoras. Horas después, el Gobierno decidió suprimir también a los sindicatos y patronales como actividades esenciales.

Por otro lado, no podrán trabajar las personas de la industria electrointensiva, siderúrgica y altos hornos y minera, así como a las personas trabajadoras en la producción y suministro de servicios de calefacción o aire acondicionado de forma centralizada.

Y siguiendo en esta misma línea, los empleados dedicados a la fabricación de baterías de plomo, así como cualesquiera otros materiales necesarios para la prestación de servicios sanitarios tampoco podrán trabajar. 

Adiós a los peajes

Las autopistas de peajes tampoco son ya un servicio esencial ni, por tanto, las personas que se encargan de desarrollar la actividad de gestión y explotación de autopistas de peaje, incluidas las estaciones y áreas de servicio que se encuentren en las mismas. 

Y aunque hubo cierto pánico entre los usuarios al no encontrar la profesión de estanquero entre el listado; este servicio está garantizado en el primer punto al amparo de los artículos 10.1, 10.4, 14.4, 16, 17 y 18, del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma. 

Igualmente, ya no hay un punto específico para el personal encargado de prestar servicios en actividades necesarias para la gestión y abono de las prestaciones públicas, subsidios y ayudas legal y reglamentariamente establecidas y el funcionamiento del Sistema de la Seguridad Social. No obstante, al ser personal público su labor si es esencial y seguirán trabajando. 

Noticias relacionadas