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El primer condenado a prisión permanente revisable cumple condena en Villahierro

8 febrero, 2018 21:04

El primer condenado a prisión permanente revisable de España cumple condena en la cárcel leonesa de Villahierro, situada en Mansilla de las Mulas. Se llama David Oubel Renedo, conocido como el parricida de Moraña, y en julio de 2015 mató a sus dos hijas, de cuatro y nueve años, con una sierra radial eléctrica y un cuchillo de cocina tras haberlas drogado para que no pudieran defenderse.

David Oubel Renedo fue juzgado por un jurado popular que consideró probado que el condenado llevó a cabo un crimen planeado con alevosía, para el que suministró a sus hijas un cóctel de nordiazepam, oxacepam y tizanidina con el fin de que no pudideran oponer resistencia. A una de ellas, la mayor, no le hicieron efecto las sustancias, por lo que la atacó unas diez veces antes de cometer el crimen.

El parricida de Moraña entró a las habitaciones de sus hijas y les cortó el cuello con una radial eléctrica, causándoles la muerte inmediata por un degüello que supuso una hemorragia masiva.

Durante la celebración del juicio, Oubel reconoció los hechos imputados y aseguró estar muy "arrepentido", por lo que su defensa aceptó la pena de prisión permanente revisable propuesta por el Ministerio Fiscal y que se ha aplicado en él por primera vez en este país. Así, David Oubel Renedo tendrá que esperar hasta el año 2040 para pedir la revisión de su condena.

PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE

La prisión permanente revisable, versión española de la cadena perpetua, entró en vigor en España en el año 2015, tras una modificación del Código Penal, y conlleva el cumplimiento íntegro de la pena de privación de libertad durante un periodo de tiempo que oscila entre los veinticinco y los treinta y cinco años, dependiendo de que la condena sea por uno o varios delitos.

En la actualidad cuenta con ocho delitos ante los que puede aplicarse, considerados todos ellos como asesinatos especialmente graves, concretamente cuando la víctima sea menor de 16 años o se trate de una persona especialmente vulnerable, cuando sea subsiguiente a un delito contra la libertad sexual, en asesinatos múltiples, en los asesinatos cometidos por miembros de una organización criminal, delitos contra la Corona, delitos contra el Derecho de Gentes, delitos de genocidio, delitos de lesa humanidad.

El Consejo de Ministros presentará este viernes una ampliación de tres delitos más que se establecerán en el Código Penal para que pueda aplicarse la prisión permanente revisable. Estos son intentar ocultar el cadáver de una persona asesinada o no colaborar en su hallazgo o el secuestro que acabe en asesinato,, incendios en los que se ponga en peligro la vida de personas o determinados usos de elementos químicos o nucleares.