Economía

Audiencia rechaza demanda a Endesa por quitar beneficios a sus exempleados

1 abril, 2019 13:23

Madrid, 1 abr (EFECOM).- La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha desestimado la demanda presentada por los sindicatos contra Endesa por suspender las bonificaciones en la tarifa eléctrica a exempleados, viudos, viudas y huérfanos de los mismos con la extinción de la vigencia del convenio colectivo.

En la sentencia, contra cuyo fallo CCOO ha presentado recurso de casación, la Sala dice que las disposiciones de un determinado convenio colectivo que establecen cualquier tipo de beneficio o derecho en favor de personas que no son titulares de contratos de trabajo en vigor dejan de generar cualquier tipo de derecho o beneficio una vez concluida la vigencia ultraactiva de un convenio.

La falta de acuerdo entre sindicatos y dirección en la negociación del V Convenio Marco, que hizo que el anterior decayera el 31 de diciembre de 2018, dejó en suspenso esos descuentos que permiten a los beneficiarios pagar sólo alrededor de un tercio de lo que sería su factura.

Además, para la Audiencia Nacional, la decisión adoptada por Endesa no vulnera el derecho a la negociación colectiva como argumentaban los sindicatos demandantes -CCOO, UGT, Sindicato Independiente de Energía (SIE) y Confederación Intersindical Galega (CIG)-.

A la sentencia ha formulado un voto particular la magistrada Emilia Ruiz-Jarabo Quemada, que afirma que el beneficio social no puede ser suprimido unilateralmente por la empresa, aunque sí puede ser objeto de compensación en la forma en que las partes implicadas acuerden mediante negociación.

Esta magistrada dice que la decisión empresarial de Endesa de suprimir unilateralmente la ventaja otorgada a quienes fueron sus empleados y a los cónyuges sobrevivientes a ellos y huérfanos sin compensación alguna es contraria a derecho, por lo que considera que la demanda debió ser estimada.

El sindicato CCOO que ha presentado recurso contra la sentencia ha afirmado, en un comunicado, que los beneficios sociales que disfrutaban hasta ahora esos colectivos, entre los que se encuentra la tarifa de empleado, y que en algunos casos se remontan a 1928, nacieron antes de que existieran los convenios y "no se pueden eliminar de un plumazo sin compensación alguna".

Endesa, que, según figura la sentencia tenía 9.000 empleados activos, 1.200 prejubilados y 24.800 pasivos (viudos, viudas, huérfanos) en 2017, ha afirmado que la sentencia ha confirmado que la decisión adoptada por la empresa de dejar sin efecto los beneficios sociales del personal pasivo es ajustada a derecho.

No obstante, ha indicado que sigue apostando por que las materias propias de la negociación se discutan y debatan en la mesa de negociación del convenio "con flexibilidad y buena fe" y recuerda que siempre ha sido contraria a judicializar el proceso o desarrollarlo en un "clima de confrontación que en nada puede beneficiar al personal activo y pasivo de la compañía".