La nación que fue y la que es hoy España

Bandera española el día de las fuerzas armadas/Susana Vera/Reuters

Bandera española el día de las fuerzas armadas/Susana Vera/Reuters

Por Félix Francisco Sánchez Díaz

Dicen los que saben que el concepto de nación es un concepto revolucionario, nacido a raíz de la Revolución Francesa y de su extensión por los diversos reinos europeos. La idea de Nación se invocaba en oposición a la propiedad regia del territorio y el correspondiente dominio sobre los súbditos. Algo así aparece en los primeros artículos de nuestra Constitución de 1812, donde podemos leer (art. 1) que “la Nación Española es la reunión de todos los Españoles de ambos Hemisferios” y (art. 2) que “la Nación Española es libre e independiente, y no es, ni puede ser patrimonio de ninguna familia, ni persona”. Sigue nuestra primera Constitución Histórica diciendo (art. 3) que “la Soberanía reside esencialmente en la Nación, y por la mismo pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales” y también (art. 4) que “la Nación está obligada a conservar y proteger por leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad, y los demás derechos legítimos de todos los Individuos que la componen”.

Hoy día, la Constitución Española de 1978 nos dice en su Preámbulo que la Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de:

-Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo.

-Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular.

-Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.

-Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.

-Establecer una sociedad democrática avanzada, y colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.

Y arranca el articulado de nuestra Carta Magna diciendo (art. 1) que “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político”; además, precisa que “la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado” y, sobre todo (art.2), que “la Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”.

La cúspide de esta torre la pone el insólito artículo 3, que declara el castellano como “lengua española oficial del Estado”, así como el deber de los españoles de conocerla y el derecho a usarla. El mismo precepto declara que “las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos”.

Procuraré no extenderme, pero quiero señalar las diferencias más visibles, en lo que atañe a la definición constitucional de la Nación española, entre las Constituciones de 1812 y 1978:

a) El punto de partida es, en ambos documentos constitucionales, el mismo: la Nación española.

b) La Nación española se ha contraído históricamente, de los “españoles de ambos Hemisferios” de 1812, a la indefinida Nación de 1978, en la que “el pueblo español”, “los españoles” y los “pueblos de España”, sean éstos cuales sean, merecen la protección y defensa constitucionales.

c) La lengua española es oficial en el Estado, pero las demás lenguas españolas son oficiales en las Comunidades Autónomas, sin que quede muy claro si también aquí nos referimos a la estructura político-administrativa, o más bien se trata de una imposición que alcanza a la totalidad de españoles que residen en sus territorios.

d) Por último, la Constitución de Cádiz asume la protección de la libertad civil, la propiedad, y los demás derechos legítimos de los españoles. La Constitución de 1978 quiere protegerlo todo: los derechos humanos, las lenguas, las instituciones, las culturas, la economía, la democracia, y la paz en el mundo (sí, igual que las aspirantes a “Miss”).

Basta por ahora. En otro post continuaré este análisis. Pero antes de despedirme, nada más que un apunte: quien mucho abarca...