Acto jurídico

Por Carlos Sánchez De Roda

¡No se puede actuar porque no hay acto jurídico!

Imaginemos:

50 militares de alta graduación se reúnen públicamente, y aprueban un documento en el que:

Declaran solemnemente el inicio del proceso de toma del poder y de creación de una república.

Afirman que no se supeditarán a las decisiones de las instituciones vigentes, como el Tribunal Constitucional.

Declaran que sólo estarán vigentes las normas o mandatos que ellos emitan, todo lo demás quedará derogado.

Ante ese desafío, el presidente del Gobierno afirma que:

El pronunciamiento militar es un acto de provocación.

Los sediciosos no cumplirán ninguno de sus objetivos.

El Estado no renunciará al uso de todos los mecanismos políticos y jurídicos que tiene.

Pero de momento no puede actuar, pues no se ha producido ningún acto jurídico.