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Las claves

España es el país europeo con más comercializadoras de luz. Desde que se inició el proceso de liberalización del sector, cerca de 1.000 empresas han logrado licencia para vender electricidad en el país, pero sólo la mitad están activas actualmente.

Con el paso del tiempo, las empresas han ido proliferando en el sector y no todas han desarrollado una actividad real. Muchas apenas han tenido presencia efectiva en el mercado u operan hoy con una actividad mínima. Son las conocidas como “comercializadoras fantasma”.

Ante este escenario, el Ministerio para la Transición Ecológica ha decidido reforzar los controles y acelerar la retirada de licencias.

Desde 2025 se ha intensificado la “limpieza” del registro. Casi un centenar de empresas han salido del censo de comercializadoras de electricidad (bien sea por inhabilitación administrativa o decisión empresarial), según los datos de la CNMC y de los anuncios publicados en el BOE.

Este miércoles, el Gobierno inició el procedimiento para inhabilitar a 29 comercializadoras. Estas se suman a otras 14 inhabilitaciones ejecutadas y publicadas en el BOE en 2025 y a 48 bajas adicionales anotadas en el censo en el último año.

Las bajas del censo pueden obedecer a causas diversas: la culminación de expedientes, falta de garantías, inactividad prolongada, pero también cierre voluntario del negocio, reestructuraciones de grupos empresariales, fusiones o venta de carteras.

Sólo en 2025 se registraron 59 bajas de comercializadoras, la cifra más alta de la serie histórica. Hasta entonces, los años con mayor número de salidas habían sido 2016, con 38 bajas, y 2022, con 35. En lo que va de 2026, ya se han anotado tres bajas adicionales.

Cabe recordar que el apagón del 28-A y las medidas técnicas implementadas para reforzar el sistema tras ese episodio también han tenido un impacto en las salidas del censo.

Operar se ha vuelto más costoso y complejo, especialmente para las comercializadoras más frágiles o con estructuras reducidas.

Según el último informe minorista de la CNMC, correspondiente a 2024, salvo la excepción de 2022, los últimos años han estado caracterizados por un incremento sostenido en el número de comercializadores activos, alcanzando máximos históricos en todos los segmentos del mercado eléctrico.

No obstante, el elevado volumen de bajas en un contexto de inhabilitaciones y aumento de costes por el apagón sitúa a 2025 como un punto de inflexión para el sector. Podría convertirse en el primer ejercicio en mucho tiempo en el que el registro de comercializadoras de electricidad registre más bajas que altas, favoreciendo a las compañías con mayor solvencia y capacidad de adaptación.

Nuevos controles

El procedimiento de extinción de la habilitación que se está aplicando ahora se apoya en el artículo 74 del Real Decreto 1955/2000.

Este precepto permite a la Dirección General de Política Energética y Minas declarar la extinción de la habilitación de una comercializadora si durante un año no adquiere energía en el mercado de producción, y ordenar su baja en el listado de la CNMC.

Para reforzar esta “purga” de empresas "fantasma", el nuevo Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica, aprobado esta semana en el Consejo de Ministros, introduce controles adicionales.

En primer lugar, si una comercializadora entra en un procedimiento de inhabilitación o extinción de habilitación, no podrá derivar preventivamente su cartera a otra sociedad del mismo grupo o controlada por los mismos administradores para eludir las consecuencias del expediente.

Como segundo punto, las nuevas comercializadoras perderán su condición si, tras darse de alta, no compran energía durante los primeros seis meses.

A estas medidas se suman requisitos más estrictos de solvencia y gestión de riesgos: las comercializadoras con más de 200.000 clientes deberán adquirir mensualmente el 100% del consumo estimado de su cartera y aportar las garantías correspondientes, lo que encarece los modelos con poca capacidad financiera.

Además, el reglamento refuerza la supervisión de prácticas comerciales y permite sancionar como infracción grave conductas irregulares, con multas de hasta 6 millones de euros.

En este contexto más exigente encaja la advertencia de la CNMC en su último análisis del mercado minorista, en el que recuerda que España presenta el mayor número de comercializadores activos de Europa en términos absolutos, precisamente en un entorno de requisitos de entrada relativamente bajos.

"En España no hay barreras al inicio de la actividad de comercialización, y no se necesita una licencia administrativa, tal y como ocurre en otros países europeos", alerta el regulador.