La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado la resolución que determina la información que las comercializadoras de electricidad deberán incluir en un código QR en las facturas de los consumidores a partir del próximo 31 de agosto, según informa el órgano en un comunicado.



El código QR estará disponible en la factura de los consumidores con una potencia contratada inferior a 15 kW. A través de él, los clientes podrán acceder al comparador de ofertas de gas y electricidad de la CNMC sin necesidad de incorporar ningún otro dato. De esta forma, podrán comparar sus consumos con el resto de las ofertas disponibles en el mercado y decidir cuál se adapta mejor a su perfil.



Asimismo, la CNMC ha establecido los mismos parámetros para que las facturas electrónicas puedan incorporar un vínculo al comparador con los datos del consumidor.

Acceso a la información

El objetivo de la CNMC es facilitar al pequeño consumidor el acceso a esta información, en un momento en el que existen hasta 6 periodos de consumo desde la entrada en vigor de la nueva estructura de peajes el pasado 1 de junio.

La información que debe incorporar cada código QR según la resolución de la CNMC es los datos del consumidor (como código postal, potencia contratada, consumo por periodos horarios de cada peaje de transporte y distribución en el último año) necesarios para poder valorar el importe anual de la facturación que resultaría de contratar las ofertas disponibles en el comparador.

También las posibles penalizaciones con la información de la fecha hasta la que se aplica la penalización, en caso de que la hubiera por cancelación anticipada del contrato. Los parámetros como el consumo en el periodo de facturación, el importe total de la factura, de los servicios adicionales, de excedentes de autoconsumo y del resto de conceptos. La finalidad de este punto es poder realizar una comparativa precisa, según los conceptos incorporados en la factura.

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