El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho del Banco Santander, CaixaBank y Bankia a ser indemnizados con 1.350 millones de euros, cuantía que las tres entidades desembolsaron para facilitar el cierre del almacén submarino de gas Castor y que el Gobierno se comprometió a devolver en 30 años.

En su sentencia, el alto tribunal estima parcialmente el recurso de los tres bancos. Ese recurso, presentado en abril de 2018 ante el Ejecutivo, se solicitaba una "reclamación de responsabilidad del Estado legislador" en la que le instaban, sin éxito, a la devolución del dinero aportado.

Una nota informativa de la Sala Tercera del Tribunal Supremo sobre el recurso Contencioso-Administrativo 454/2018; sentencia 1404/2020, de 27 de octubre, ha declarado que:

Se impugna la desestimación por silencio por parte del Consejo de Ministros, de la reclamación de daños y perjuicios que se habían ocasionado a tres entidades financieras (Santander, Caixabank y Bankia) porque había pagado a Enagas la cantidad de 1.350.729.000 euros por adquisición de un derecho de cobro que esta sociedad tenía constituido en favor del sistema gasista, por plazo de treinta años, por la indemnización que, por ese mismo importe, debió pagarse, por cuenta del Estado, a la concesionaria del depósito de almacenamiento de gas Castor, una vez acordada la hibernación de dichas instalaciones. 

La pretensión indemnizatoria se fundaba en la responsabilidad del Estado Legislador, porque ese derecho de cobro del sistema gasista del que eran titulares las entidades bancarias, había sido constituido por el Real Decreto Ley 13/2014, de 3 de octubre, y dicha norma fue declarada inconstitucional, parcialmente, por sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 152/2017, de 21 de diciembre. La declaración de inconstitucionalidad declara la nulidad del derecho de cobro del que eran titulares los Bancos recurrentes.

La sentencia estima el recurso, en parte, y reconoce el derecho de los Bancos a percibir de la Administración las cantidades que habían pagado para adquirir el mencionado derecho de cobro.

Reparto de la indemnización

En materia de indemnización, la sala indica que los 1.350 millones de euros se repartirán de la siguiente forma: el 50,9%, para el Banco Santander; el 34%, para CaixaBank, y el 15%, para Bankia.

La decisión de hibernar el almacén Castor -situado frente a las costas de Vinaròs (Castellón)- se tomó en 2014, después de los seísmos registrados en la zona en septiembre de 2013.

En 2017, el Gobierno, entonces del PP, decidió no reabrir las instalaciones ante el riesgo de nuevos terremotos tras recibir un informe encargado al MIT y a la Universidad de Harvard.

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