La decisión del Tribunal Supremo de declarar usurario el tipo de interés aplicado por WiZink en uno de sus contratos 'revolving' puede desencadenar en una ola de litigios que traspase la frontera de los 'precios' abusivos.

La demanda que ha sido objeto de la sentencia solo pidió la nulidad del contrato por el carácter usurario de un interés fijado inicialmente en el 26,82% TAE y que se había situado en el 27,24% a la fecha de presentación de la demanda. Sin embargo, la Sala también indica en el documento que "el control de la estipulación que fija el interés remuneratorio habría podido realizarse también mediante los controles de incorporación y transparencia".

Es decir, los clientes de las 'revolving' también podrían reclamar por esa falta de transparencia, aunque sus tipos de interés no sean considerados como usura. “El Supremo ha abierto la puerta a nuevas reclamaciones que podrían llegar incluso de clientes que tengan intereses más bajos que el caso de WiZink para la nulidad del contrato”, indican expertos en derecho bancario consultados.

Objetivo: transparencia

En este sentido, tienen claro que "los abogados que defienden a los consumidores introducirán en sus demandas la doctrina de la transparencia material" ante productos que, según indican, "detallan de una forma incomprensible para el consumidor medio asuntos clave del contrato como la manera de amortizar la deuda con estas tarjetas".

“Son textos muy farragosos y difíciles de comprender”, explica Patricia Suárez, presidenta de Asufin. "La comercialización de estos productos debe responder a los principios de préstamo responsable, realizando una correcta evaluación de la solvencia de prestatario e informándole correctamente e incluso facilitándole algún tipo de simulación de cuotas y amortización", añade.

En este sentido, WiZink ya ha defendido que, “como entidad bancaria regulada, cumplimos con todas las normativas que garantizan una comercialización responsable de sus productos”. Pero no convence a los afectados, que según indica Ignacio Para Mata, socio del bufete especializado en derecho bancario Lean Abogados, pueden encontrarse con un escollo en los tribunales si optan por la vía de la transparencia para reclamar.

“Al final se trata de un contrato de compra-venta en el que el cliente sí tiene el elemento de juicio del interés que el banco le aplica para decidir si acepta o no la tarjeta”, explica el letrado.

Créditos rápidos no regulados

Fuentes financieras también apuntan a otro grupo que puede verse perjudicado por la ola de litigios que se avecina, demandas colectivas incluidas, tras la sentencia del Supremo. Se trata de los ‘chiringuitos’ del crédito rápido, empresas registradas como sociedades limitadas que solo operan por Internet y están fuera del control de los reguladores.

“La gente acude a este tipo de dinero fácil con unos intereses mucho más elevados que los que se han juzgado en el Supremo”, recuerdan desde la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (Asnef).

Este tipo de entidades ofrecen préstamos de entre 3.000 y 6.000 euros como mucho con amplios plazos de pago. Por lo general, solo anuncian sus datos de contacto, dirección y teléfono en Internet, para atender después a los clientes. "Los intereses de estas empresas se disparan por encima del 60% en algunos préstamos", advierten los expertos. 

Otros nombres mucho más populares dentro de los créditos fácil, aunque estén regulados, también podrían verse afectados por la sentencia si algún usuario decide reclamar, tanto por la vía de la transparencia como por la de la usura.

Sin ir más lejos, el simulador de crédito Cofidis establece un interés del 24,51% TAE (22,12%) para un crédito de 2.500 euros a financiar en 13 meses. La cifra está sin duda por debajo del 27% considerado como usurario por el Supremo.

Pero sí supera la media del 20% que ronda la media registrada por el Banco de España. Una referencia que será la que marque las próximas decisiones, caso a caso y juzgado a juzgado. 

¿Perjudicará al consumidor?

Lejos de la alegría mostrada el miércoles por las asociaciones de consumidores, algunas voces apuntan a que la sentencia del Supremo puede volverse en contra de los mismos. Los expertos apuntan a un posible endurecimiento de los requisitos de los bancos para conceder este tipo de préstamos, sin descartar la suspensión de algunos contratos que ya no compensen a la entidad.

“La sentencia puede volverse en contra, porque la mayoría de gente que contrata estas tarjetas son personas que no pueden acceder a un préstamo bancario tradicional por su riesgo de impago… por eso los 'revolving' son más caros”, explican las fuentes consultadas.

Para evitar que se llegue a este extremo, los consumidores vuelven a presionar al Gobierno para que apruebe de forma definitiva la orden ministerial de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios que se espera para el segundo trimestre de este año.

Fuentes del Ministerio de Economía consultadas por Invertia ya descartaron que el documento vaya a establecer un límite en el tipo de interés para este tipo de créditos, como ocurre en otros países como Portugal.

Sin embargo, el Gobierno sí podría añadir modelos para mejorar la información al cliente, antes y después de la firma del contrato.

Según las estimaciones de Asufin, en España podría existir hasta cuatro millones de afectados por las tarjetas 'revolving' que, según datos de Asnef, mueven más de 14.000 millones al año.

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