Bruselas

Con motivo de la crisis sin precedentes provocada por el Covid-19, Bruselas ha dado barra libre a los Gobiernos de la UE para que salgan al rescate de las empresas más golpeadas por la pandemia, ya sea con avales, subvenciones o incluso mediante la nacionalización parcial o total. Sin embargo, la Comisión Europea recomienda ahora que se excluya de estas ayudas públicas a las compañías que tengan vínculos con paraísos fiscales.  

Tampoco deben beneficiarse del apoyo del Estado las empresas condenadas por delitos financieros graves, como fraude financiero, corrupción o impago de impuestos y obligaciones en materia de seguridad social, según la recomendación que ha remitido este martes el Ejecutivo comunitario a todos los Estados miembros. 

El objetivo de esta recomendación, que no tiene carácter obligatorio, es impedir el uso indebido de fondos públicos y reforzar las salvaguardias contra los abusos fiscales en toda la UE.

Hasta ahora, sólo algunos Estados miembros como Francia o Dinamarca -pero no España- han anunciado que no darán ayudas públicas a empresas con sedes en paraísos fiscales. Bruselas pretende que el resto de socios adopten una línea similar con el fin de limitar además desajustes y distorsiones en el mercado único.

"En estas circunstancias, resulta particularmente inaceptable que las empresas receptoras de ayudas públicas mantengan prácticas de elusión fiscal en las que intervengan paraísos fiscales", ha dicho la vicepresidenta ejecutiva de la Comisión y responsable de Competencia, la liberal danesa Margrethe Vestager, en un comunicado.

"La equidad y la solidaridad forman la base de los esfuerzos de recuperación de la UE. Todos estamos inmersos en esta crisis y cada cual debe pagar la proporción de impuestos que en justicia le corresponde, a fin de que podamos prestar apoyo a nuestros esfuerzos colectivos de recuperación y evitemos socavarlos", señala el comisario de Asuntos Económicos, el socialista italiano Paolo Gentiloni.

"Quienes eluden deliberadamente las normas fiscales o cometen actividades delictivas no deben beneficiarse de los sistemas que intentan sortear. Debemos garantizar la protección de los fondos públicos para que puedan estar realmente al servicio de los contribuyentes honrados de la UE", insiste Gentiloni.

La lista negra de la UE, base común

El Ejecutivo comunitario propone que todos los Estados miembros utilicen la lista negra de paraísos fiscales de la UE como base común para evitar medidas unilaterales contradictorias y dar seguridad jurídica a las empresas.

En esta lista figuran ahora mismo 12 países o territorios que no cooperan con los Estados miembros en materia fiscal. Se trata de Islas Caimán, Palaos, Panamá, Seychelles, Fiyi, Guam, Omán, Samoa, Samoa Americana, Trinidad y Tobago, Vanuatu y las Islas Vírgenes de los Estados Unidos. No deben recibir apoyo público las empresas que tengan vínculos con alguno de estos países o territorios, por ejemplo residencia fiscal en uno de ellos.

Para proteger a los contribuyentes honrados, la Comisión también recomienda excepciones a estas restricciones, cuya aplicación debe hacerse en condiciones estrictas. Aunque mantengan vínculos con países y territorios no cooperadores a efectos fiscales según la lista de la UE, las empresas deben poder acceder a la ayuda financiera en determinadas circunstancias.

Este podría ser el caso, por ejemplo, de las empresas que demuestren haber abonado un impuesto adecuado en el Estado miembro durante un determinado periodo de tiempo (por ejemplo, los últimos tres años) o que acrediten una presencia económica real en el país de la lista. Se aconseja a los Estados miembros que introduzcan sanciones adecuadas para disuadir a los solicitantes de facilitar información falsa o inexacta.

Los Estados miembros también deben acordar requisitos razonables para que las empresas demuestren que no tienen vínculos con países y territorios no cooperadores a efectos fiscales según la lista de la UE. La recomendación sugiere principios para ayudar a los Estados miembros en este ámbito.

Aunque la recomendación no es de obligado cumplimiento, los Estados miembros deberán informar a Bruselas de las medidas que apliquen para ponerla en práctica o justificar su negativa a hacerlo. El Ejecutivo comunitario publicará un informe de evaluación en un plazo de tres años.

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