Bruselas

La alta tasa de temporalidad es una de las peores lacras del mercado laboral español. El porcentaje de trabajadores con contratos de duración determinada en España es el más alto de toda la Unión Europea, alrededor del 26%. Los contratos temporales son cada vez más cortos y se usan de forma creciente en sectores con poca estacionalidad.

Un abuso que socava la productividad y exacerba la desigualdad y la pobreza entre las personas con empleo, según ha denunciado la Comisión Europea en su reciente informe sobre la economía española.

La sorpresa llega al comprobar que este problema no sólo afecta al sector privado sino también, y mucho, a las administraciones públicas en sectores como la Sanidad o la Educación. Eso es así pese a que todas ellas, desde el Ejecutivo central a los Gobiernos autonómicos, presumen en público de que su prioridad es combatir la temporalidad. "La tasa de trabajadores públicos con contratos temporales continúa creciendo pese al compromiso de reducirla", critica el estudio del Ejecutivo comunitario.

En el último trimestre de 2019, el 27,8% de los trabajadores del sector público tenían un contrato temporal, 1,5 puntos porcentuales más que el año anterior y 8 puntos más que en 2014.

Unas cifras que están muy lejos del objetivo del 8% marcado para finales de 2020. Las oposiciones convocadas durante los últimos dos años a nivel central y regional "todavía no son suficientes para reducir la temporalidad en el sector público", dice el informe.

Tras constatar que este panorama de precariedad no mejora, Bruselas ha decidido tomar medidas. La Comisión Europea está investigando a España por no poner coto al abuso de los contratos temporales en el sector público, según ha desvelado el comisario de Empleo, Nicolas Schmit, en respuesta a una pregunta parlamentaria del eurodiputado de Ciudadanos Jordi Cañas.

España no sanciona 

En su interpelación, Cañas denuncia que "en España, gran parte de los 800.000 trabajadores públicos cubren necesidades permanentes bajo contratos o nombramientos temporales, ya que la administración empleadora incumple la prohibición de abuso de la temporalidad de la directiva 1999/70/CE".

"Estos trabajadores han superado procesos selectivos que garantizan el derecho fundamental de igualdad de acceso, mérito y capacidad. Sin embargo, la condición de temporal irregular no se transforma en fija, dado que lo impide la mayor dificultad de los sistemas de selección usados en los procesos para adquirir la condición de fijo", señala el eurodiputado de Cs.

"Por otra parte, tampoco existe una indemnización eficaz por daños, ni por pérdida de oportunidades, ni existes multas contra los responsables del abuso. Además, España ha aprobado normas presupuestarias que permiten su despido libre y gratuito (...), lo que ha disparado a miles las demandas judiciales", concluye Cañas.

En su respuesta, el comisario de Empleo señala en primer lugar que las reglas de la UE no imponen a los Estados miembros una obligación general de transformar en fijos los contratos temporales. Por ello, la selección de funcionarios permanentes para ocupar puestos que antes estaban en manos de temporales "no constituye, en principio, una infracción".

Sin embargo, Schmit apunta que los Estados miembros están obligados a incorporar en sus legislaciones nacionales "medidas para prevenir y, cuando proceda, sancionar los casos de abuso de sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada". "La Comisión está investigando si las disposiciones vigentes en el sector público en España cumplen esta obligación", concluye la respuesta.

El procedimiento de infracción de Bruselas contra España por no frenar el abuso de contratos temporales en el sector público se remonta al año 2015. El Ejecutivo comunitario envió entonces una carta de emplazamiento al Gobierno de Mariano Rajoy para pedir explicaciones por la situación de los secretarios judiciales sustitutos.

Desde entonces, el Ejecutivo comunitario ha recibido nuevas quejas de otras categorías de trabajadores del sector público y por eso ha decidido ampliar la investigación para determinar si la legislación laboral española vulnera las reglas de la UE.

En caso de confirmar sus sospechas, la Comisión requerirá al Gobierno de Sánchez que modifique esta normativa. En última instancia, el caso podría acabar ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), que tiene potestad para imponer multas contra España.

Antes de llegar a ese extremo, que tarda años, el TJUE ya tendrá oportunidad de pronunciarse sobre la legislación laboral española en una esperada sentencia que está programada para el próximo 19 de marzo. Un fallo que debe responder a las cuestiones prejudiciales presentadas por dos juzgados de Madrid sobre el encadenamiento abusivo de contratos temporales en el sector público.

¿Contratos temporales en fijos?

El primer asunto tiene como protagonista a un informático que ha trabajado como temporal interino para el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) de forma continuada durante más de 17 años. Pese a ello, la Comunidad de Madrid se niega a reconocerle como empleado público fijo. Por eso ha presentado un recurso judicial en el que denuncia que la administración española "abusa de la contratación temporal destinada a satisfacer necesidades permanentes y estructurales".

El segundo asunto involucra a varios trabajadores que ejercieron de personal estatutario temporal interino del SERMAS en la categoría de Facultativos Especialistas Odontólogos. Todos ellos ocuparon, durante períodos que van de los 12 a los 17 años, puestos de sustitución, eventual e interinidad con contratos temporales, realizando funciones idénticas a las del personal estatutario fijo. En julio de 2016 pidieron a la Comunidad de Madrid que les reconociera como empleados públicos fijos, pero su solicitud fue también denegada.

La abogada general del TJUE, Juliane Kokott, aseguró en un dictamen preliminar el pasado 17 de octubre que el encadenamiento de contratos temporales para cubrir puestos que en realidad son fijos supone un abuso que vulnera la legislación de la UE. No obstante, concluyó que este abuso no tiene que castigarse necesariamente con la conversión automática de las personas afectadas en trabajadores fijos. El TJUE debe decidir el 19 de marzo si ratifica o endurece esta interpretación.

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