Pedro Sánchez y Galán conversan el pasado jueves en Sagunto, en la presentación de una factoría de baterías para coches eléctricos./

Pedro Sánchez y Galán conversan el pasado jueves en Sagunto, en la presentación de una factoría de baterías para coches eléctricos./ Efe

Invertia

La Audiencia mantiene como investigado a Galán y aplaza la decisión sobre la prescripción hasta que acabe la instrucción

La Sala también respalda la negativa del instructor a investigar unas notas del excomisario Villarejo sobre un presunto espionaje al empresario.

6 mayo, 2022 20:24

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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso del presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán, contra la negativa del juez instructor a archivar para él el caso Tándem.

En estas diligencias se investigan presuntos delitos de cohecho, revelación de secretos y falsedad documental relacionados con la contratación por Iberdrola de José Manuel Villarejo -entonces, en activo en la Policía- para realizar trabajos privados de investigación en los que el excomisario pudo emplear métodos ilegales, como el acceso al tráfico de llamadas de los investigados.

Sánchez Galán ha negado tener conocimiento de las actividades de Villarejo, que fue contratado por el exresponsable de seguridad de la eléctrica, Antonio Asenjo, y ha rechazado cualquier relación con un supuesto espionaje a empresarios competidores.

La defensa sostiene además que, en cualquier caso, los supuestos delitos que se investigan estarían prescritos.

La Sala considera que esa prescripción no es patente, por lo que rechaza acordarla ahora y pospone su análisis al momento en que acabe la investigación.

"Las penas que pueden imponerse por esos delitos pueden ser superiores a cinco años de prisión y alcanzar hasta doce años de inhabilitación, que conllevan unos plazos de prescripción 10 y 15 años, respectivamente, que no habrían transcurrido al iniciarse estas diligencias en el año 2019", dice la Sala en una resolución muy breve.

"Si se trata de delitos conexos, de un delito continuado, de distintos delitos o si hay concurso entre ellos es cuestión transcendente para determinar si se ha producido la prescripción y que ha de dilucidarse una vez finalizada la instrucción, pero no en este momento en que la instrucción no ha finalizado y la prescripción no se aprecia de un modo patente", señala.

La agenda de Villarejo

De este modo, el presidente de Iberdrola seguirá inmerso en estas diligencias con la condición procesal de investigado.

La Sala también ha convalidado la decisión del juez instructor, Manuel García-Castellón, de no investigar las anotaciones aparecidas en una agenda personal de Villarejo, que escribió: "9/4/07.Ignacio Galán. Estaba comiendo con 2 sujetos. Uno con bigote y pelo canoso. Hablaron de problemas en Puerto Marítimo en Islas (puede ser Fuerteventura, Lanzarote …)".

Para los magistrados, esas anotaciones no son "más que una referencia a Sánchez Galán efectuada por un investigado en un documento privado para su manejo personal, sin que de ello se desprendan indicios de actividad delictiva alguna que permitan el ejercicio de acciones contra su autor".

La nota "únicamente indica el conocimiento que tuvo Villarejo de que José Ignacio Sánchez Galán participó en un almuerzo con determinadas personas y del contenido de las conversaciones que mantuvieron, información que puede obtenerse de forma lícita de muchos modos sin que conste de modo indiciario que no fuera así".

Agenda de Galán.

Agenda de Galán. EL ESPAÑOL

Sánchez Galán había aportado a la Audiencia Nacional una página de sus propias agendas que refleja la celebración del almuerzo anotado en su agenda por Villarejo.

En la comida participó José Folgado, exsecretario de Estado de la Energía, fallecido en 2020, que respondía a la descripción plasmada por el excomisario.