Por Espacio de Finanzas

¿QUÉ ES EL FOGAIN?

El Fogain es como una gran hucha que garantiza las inversiones de los clientes. Está operativo desde 2001 y es gestionado por una sociedad anónima, todas las empresas de servicios de inversión (sociedades gestoras de carteras, agencias y sociedades de valores), incluidas las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva que gestionen carteras individuales, tienen que estar adheridas a este fondo y financiarlo a través de aportaciones anuales.

Solo los clientes de las entidades adheridas pueden acudir al Fondo, consulta aquí la lista completa. Debes tener en cuenta que no responde ante cualquier contingencia.

Cualquier inversor puede acudir al Fogain cuando no logre recuperar su dinero o inversiones ante una insolvencia por la Comisión del Mercado de Valores (CNMV) o entrada en concurso de acreedores de la sociedad que gestionaba su ahorro. Por el contrario, si nuestra inversión pierde valor o la diversificación no es la adecuada, no habrá indemnización alguna.

CUIDADO CON INTERMEDIARIOS NO AUTORIZADOS

¿Las operaciones realizadas a través de intermediarios no autorizados (conocidos vulgarmente como chiringuitos financieros) no se benefician de la protección del Fogain ni de ningún otro Fondo de Garantía¿, subraya la CNMV. ¿Qué significa? Que hay que tener los ojos bien abiertos: la sociedad a la que confiamos nuestro ahorro tiene que estar autorizada a operar para que podamos beneficiarnos de la indemnización.

El Fogain tampoco cubre la insolvencia del emisor de valores. Y, si somos amantes del arte o de los animales exóticos, es mejor buscar un buen seguro: el Fondo no indemniza ninguna inversión en bienes tangibles.

HASTA 100.000 EUROS GARANTIZADOS

El Fogain cubre hasta 100.000 euros por titular y entidad. De ahí la importancia de diversificar nuestras inversiones.

La indemnización se calcula sumando el efectivo depositado y el valor de mercado de los instrumentos financieros en la fecha en que se declare la insolvencia de la entidad. Si hay más de un titular para la misma cuenta, el reembolso se realiza en función de lo que establece el contrato o en partes iguales.

EL FGD, OTRA CARA DE LA MISMA MONEDA

El Fogain no es el único sistema de protección del que dispone el pequeño inversor: también existe el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) al que se adhieren las entidades de crédito (bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito).

Es importante, por tanto, que el inversor distinga entre los dos esquemas: Fogain y FGD en función de la entidad de la que sea cliente (empresas de servicios de inversión, sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, entidades de crédito).

En este caso, el objeto de la indemnización son los depósitos, en dinero y en valores, y otros instrumentos financieros constituidos en entidades de crédito, hasta un máximo de 100.000 euros por entidad e inversor. El funcionamiento es el mismo: se activa en caso de quiebra de la entidad u otro problema que le impida cumplir con sus obligaciones.

¿HAS INVERTIDO A TRAVÉS DE UNA ENTIDAD EXTRANJERA?

No hay que alarmarse: todas las sucursales de entidades no comunitarias autorizadas a operar en España tienen que adherirse al Fogain, si no cuentan con un modelo similar en su país de origen. Las sucursales de sociedades comunitarias, al contrario, se apoyan en el sistema de garantía previsto en sus países.

CÓMO OBTENER LA COBERTURA

Si tenemos derecho a recibir la indemnización del Fogain, lo primero que hay que hacer es rellenar el formulario de solicitud de indemnización. Se puede descargar en la página web del Fondo o pedirlo en las oficinas de la entidad.

El formulario tiene que entregarse junto a una copia del DNI, por correo o en persona. Una vez realizadas las debidas comprobaciones y cálculos, el Fondo nos informará acerca de la cantidad a percibir en concepto de indemnización.