La protección del pequeño inversor es uno de los pilares de la directiva MiFID II que entra en vigor en menos de dos meses. Con el fin de evitar malas prácticas como las que dieron lugar a la crisis de las preferentes, la norma refuerza las exigencias de formación para los asesores financieros, pero los expertos temen que la bancarización del sistema español se convierta en obstáculo para que este cortafuego llegue a tomar cuerpo.

Cada país de la Unión Europea ha considerado las propias particularidades de su sistema para transponer a su ordenamiento la directiva común. En el caso de España, la alta bancarización ha traído como consecuencia el fin más drástico de las retrocesiones en productos como los fondos de inversión y pensiones. Sin embargo, los expertos del sector ponen el acento en la posibilidad de que los esfuerzos de Bruselas en avanzar hacia un universo abierto de inversión, apoyado en la correcta formación de los agentes de asesoramiento, choque con los objetivos de comercialización que las entidades financieras marcan para su red de sucursales sobre determinados productos con criterios que en ocasiones recientes poco han tenido que ver con la transparencia o la conveniencia del cliente.

El papel de la formación de los profesionales encargados de informar y asesorar a los inversores ya se había señalado como cuestión capital para el correcto funcionamiento del mercado en la primera oleada MiFID, de la que ahora se han cumplido diez años de aplicación. No obstante, esta segunda vuelta de tuerca es la que ha dado un papel protagonista a esta cuestión para la que muchos empleados de instituciones financieras siguen sin estar plenamente preparados. Los que se han adelantado a la aplicación de la norma han sido minoría -aunque notable- frente a los que aún dependen de la obtención de los títulos que les permitirán continuar con sus tareas habituales más allá del 1 de enero de 2018.

La dominancia de la banca en el sistema español ha sido de nuevo la diferencia clave con respecto a los países vecinos. En otros países ya existía la obligatoriedad de que determinadas funciones las prestaran solo profesionales cualificados con títulos específicos, mientras que en otros mercados existe un único certificado que expide y controla el supervisor nacional. A esta ladera de los Pirineos, no existía ningún procedimiento estandarizado o reconocido hasta el pasado 25 de octubre, fecha en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) dio a conocer los primeros 20 títulos que acreditarán la formación suficiente como para prestar unas correctas y adecuadas información y asesoría. Al menos, teóricamente.

Desde la propia CNMV explican que al mejorar el nivel de formación del personal se dan beneficios ¿en una triple vertiente¿. Según recoge la guía técnica procurada por el organismo para el desarrollo de los programas de formación que ahora está validando, ¿por un lado, los clientes serán más conscientes de los riesgos de los productos al recibir una correcta información y asesoramiento, y podrán tomar decisiones mejor informadas¿. En segundo lugar, ¿las entidades tendrán más garantías de que su personal contará con la debida formación para ejercer sus labores y obligaciones de acuerdo a la normativa¿. Por último, el propio personal evaluado ¿tendrá los conocimientos y experiencia necesarios para ejercer sus tareas y responsabilidades correctamente¿. Esto apunta hacia la necesidad de mecanismos internos que controlen que lo que aseguran los títulos obtenidos se lleva a la práctica.

El OBSTÁCULO DE LOS OBJETIVOS COMERCIALES

En este sentido, Josep Soler, presidente de EFPA Europa, subraya que la guía hace una referencia clara a la implantación de códigos éticos y la formación continuada del personal. Así, asegura que su institución está ¿segura¿ de que la obtención de titulaciones ¿no va a acabar¿ con las prácticas de comercialización indebida por sí solas porque ¿la autorregulación es muy difícil y todavía escasa¿ en España. Considera que quizá la actuación de clientes misteriosos al estilo de los que ya ha usado la CNMV en otras ocasiones sería muy favorable para asegurar que la implantación de MiFID II se traduce realmente en una mejor protección del pequeño inversor.

El modelo de EFPA Europa, con sus divisiones nacionales, se fundamenta en unos programas que se desarrollan a cabo diversos centros formativos, unas 20 incluidas universidades en España, donde la institución certificadora únicamente corre con la evaluación de conocimientos de sus distintos títulos. Un sistema diferente del implantado en Instituto BME, donde los contenidos de la certificación MFIA -la más exigente hasta la fecha en el mercado español- se imparten y evalúan por el mismo. Beatriz Alejandro, directora de Instituto BME, coincide en que la directiva europea aúna la necesidad de ¿conseguir una mejor formación¿ para los profesionales con actuaciones en otros ámbitos de transparencia y protección.

Alejandro destaca que la obtención de estas certificaciones aporta ¿seguridad¿ a las propias instituciones financieras, por lo que es de esperar que en los próximos meses surja un creciente grupo de interesados en conseguir uno de estos títulos. No solo debido a la necesidad de contar con ellos para prestar servicios de información y asesoría, sino porque los clientes estarán cada vez más familiarizados con estos asuntos y exigirán a sus entidades de referencia una mayor formación ante la creciente complejidad del mercado de valores.

MÁS TÍTULOS EN EL HORNO

Desde la CNMV aseguran que ¿de momento, todos los títulos que han sido estudiados hasta ahora se han incorporado a la lista¿, pues sus desarrolladores han de presentar una memoria que responda a la guía presentada por el organismo supervisor. No obstante, la necesidad de nuevos perfiles y certificaciones adecuadas a cada puesto hace que ya haya ¿varios títulos en revisión¿ adicionales a los 20 aprobados que ¿se incorporaran a la lista en la medida en que se vayan analizando¿.

Entre las instituciones que están preparando nuevos títulos está el propio Instituto BME, que tiene sobre la mesa certificaciones menos exigentes que la que ya ha validado, con contenidos asumibles para puestos de menor responsabilidad. Sin llegar a ser experto, acreditar que se cuenta con capacidades suficientes como para ejercer las labores de información y asesoría correctamente. Acreditar, que no es lo mismo que ejecutar, y es donde seguirá entrando en juego el papel de la supervisión interna y de los organismos estatales de vigilancia que en tiempos no muy pasados han quedado en entredicho.