La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado la circular para la retribución del gestor técnico del sistema gasista, Enagás, para el periodo 2021-2023, en el que percibirá entre un 6,9% y un 11% más.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este jueves esta circular, la décima que aprueba la CNMC. Esta establece la metodología de retribución del gestor técnico del sistema desde 2021 en adelante, la duración de los periodos regulatorios y el cobro y liquidación de las cantidades a percibir.

También fija los parámetros de retribución para el primer periodo regulatorio 2021-2023 y la del gestor técnico del sistema para 2020 (25 millones de euros). Además, la circular establece periodos regulatorios de tres años, la mitad del periodo regulatorio de seis años establecido con carácter general para las actividades reguladas.

Ello se debe a que la gestión técnica del sistema requiere de inversiones en aplicaciones informáticas con ciclos de renovación cortos y a que está sometida a reglamentos y proyectos europeos en un entorno cambiante.

La circular introduce también un tramo de retribución por incentivos a desarrollar por la CNMC y para ello se establecerán indicadores de eficiencia en operación y gestión técnica del sistema gasista; continuidad y seguridad del suministro; gestión del acceso de terceros a las instalaciones gasistas y gestión del balance en las distintas instalaciones del sistema.

Como resultado de la nueva metodología, la retribución anual para el periodo regulatorio 2021-2023 se sitúa en un rango entre 26,2 millones de euros (en un escenario de cumplimiento mínimo de incentivos) y 27,2 millones (en el caso del cumplimiento máximo de incentivos).

La retribución anual del gestor técnico en 2019, que se estableció con carácter provisional en una orden de 2018, fue de 24,5 millones de euros.

Con la nueva circular, la retribución que resulta para el periodo 2021-2023 supone un incremento mínimo para Enagás de 1,7 millones de euros y máximo de 2,7 millones, y en términos relativos se situaría entre el 6,9%, como mínimo, y el 11%, como máximo.

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