El Juzgado de Primera Instancia de Orense ha fallado en contra de Santander al decretar la nulidad por error en el consentimiento de dos compras de acciones de Popular por importe de 1,5 millones más 200.000 euros en intereses.

Esta sentencia, la de mayor cuantía hasta la fecha, llega cuatro meses antes de que caduque la acción de error en el consentimiento por la resolución de Popular, sin que exista la posibilidad de que se prorrogue, según explican desde el despacho Fieldfisher Jausas.

El fallo rechaza dos motivos de suspensión solicitados por Santander. Por una parte, el banco solicitaba esperar a que se resuelva la cuestión prejudicial elevada por el Tribunal Supremo ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en relación con los inversores cualificados del caso Bankia.

A través de esta cuestión, el Supremo buscaba confirmar si los inversores cualificados también pueden alegar la inexactitud del folleto para ejecutar una acción de responsabilidad civil, sobre lo que el Abogado General del TJUE ya ha respondido en dos ocasiones a favor.

En este sentido, el Juzgado de Primera Instancia de Orense rechaza esperar a la resolución de esta cuestión prejudicial, dado que el demandante es un inversor minorista a pesar de que la cuantía reclamada sea elevada.

Accionista o inversor

Por otra parte, Santander pedía esperar a la cuestión prejudicial elevada por la Audiencia Provincial de A Coruña ante el TJUE, en la que se solicita que se aclare si la normativa europea de resolución de entidades financieras, que deja caer el peso de la resolución en los accionistas, entre otros, es compatible con acciones de resarcimiento de dichos accionistas que fueron a la ampliación de capital pocos meses antes.

Respecto a esta petición, el Juzgado de Primera Instancia responde que la demanda de nulidad no se ejercita como accionista sino como inversor que confió en una información que resultó no ser cierta.

"Teniendo en cuenta que el próximo 28 de agosto acaba el plazo para interponer acciones de nulidad por error en el consentimiento y que este plazo no es prorrogable, es previsible que las grandes empresas y patrimonios que compraron acciones en el mercado primario no esperen más a interponer sus reclamaciones porque corren el riesgo de no llegar a tiempo", apunta el socio de Fieldfisher Jausas, Jordi Ruiz de Villa, director del procedimiento.

El letrado confía en que la sentencia "será confirmada" pese al recurso de Santander, "ya que la jurisprudencia de las audiencias provinciales está suficientemente madura incluso para inversores cualificados".

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