El Ministerio de Fomento ha adjudicado a Air Nostrum Líneas Aéreas del Meditérraneo por 2,09 millones de euros el contrato de transporte aéreo sometido a obligaciones de servicio público de las rutas Melilla-Almería, Melilla-Granada y Melilla-Sevilla después de que haya sido la única oferta recibida, según ha publicado este miércoles el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El procedimiento de adjudicación a Air Nostrum ha sido abierto acelerado, una declaración de urgencia que adoptó el órgano de contratación el 26 de junio de 2019. En el acuerdo de licitación del contrato, publicado el 24 de julio por el Ministerio de Fomento en el BOE, se establecía que la duración del contrato es "de 1 año desde el comienzo efectivo de las operaciones", así como que "la fecha prevista para el inicio del servicio es el 1 de enero de 2020".

La declaración de servicio público de estas tres rutas áereas se fundamenta en un acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de octubre de 2018, decisión que adoptó a propuesta del ministro de Fomento y previo informe de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.

El acuerdo del Consejo de Ministros explicaba que "la Ciudad Autónoma de Melilla ha solicitado al Gobierno la declaración de obligaciones de servicio público en las rutas aéreas que unen Melilla con Granada, Almería y Sevilla, de manera que garanticen una prestación mínima de servicios regulares, con objeto de reforzar la cohesión territorial de la Ciudad Autónoma de Melilla con el resto del territorio nacional".

El acuerdo señalaba que "la Decisión de Ejecución de la Comisión Europea de 18 de febrero de 2014, la Ciudad Autónoma de Melilla está calificada dentro de la categoría de regiones 'de transición', es decir, aquellas cuyo PIB per cápita se sitúa entre el 75% y el 90% del PIB medio de las regiones europeas, lo cual las hace acreedoras de un tratamiento especial en cuanto a financiación para el desarrollo".

Junto a estas circunstancias económicas, el Consejo de Ministros reflejaba la apreciación de la Comisión Europea del hecho de que se tratan de "rutas aéreas que sirven a una región periférica, con baja densidad de tráfico, consideradas esenciales para el desarrollo económico y social de la región y la Ciudad Autónoma", por lo que concluía que "se cumplen los requisitos establecidos por el Reglamento (CE) 1008/2008 y sus Directrices Interpretativas, publicadas en la Comunicación de la Comisión 2017/C 194/01, del 17 de junio, en relación a la necesidad del establecimiento de las obligaciones de servicio público en las rutas aéreas citadas".

El fundamento de la declaración apela a que "las obligaciones de servicio público vendrán a cubrir, temporalmente, una demanda de servicios de transporte insuficientemente atendida en la actualidad por otros modos de transporte".

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