La comisión del Congreso que investiga la crisis financiera, el rescate bancario y la quiebra de las cajas de ahorro ha decidido recurrir la decisión de la Junta Única de Resolución (JUR) europea de no facilitar a la Cámara Baja el informe de Deloitte que determinó la valoración del Banco Popular, vendido el pasado mes de junio al Banco Santander por un euro.

Así, la comisión que preside la diputada de Coalición Canaria, Ana Oramas, en una decisión adoptada por unanimidad, ha acordado remitir un escrito a la JUR solicitándole que reconsidere su decisión y permita al Congreso acceder a este informe en el expediente de resolución del Popular. Consideran que conocer el contenido de este documento "es de justicia", tal y como concluyen su misiva.

El informe ya había sido solicitado por la comisión el pasado mes de julio, recibiendo la negativa del organismo comunitario presidido por la alemana Elke König el pasado septiembre, ante lo cual los grupos ya resolvieron volver a solicitar dicho informe.

NO HAY RIESGO UNA VEZ LIQUIDADO EL POPULAR

La JUR llegó a aludir en su justificación para no facilitar dicho informe que su divulgación "podría tener efectos sobre los mercados financieros y los actores del mercado", que también "socavaría" la estabilidad del sistema financiero de la Unión, su política financiera o económica, "en particular la política relativa a la resolución de instituciones de crédito", y, entre otros, los "intereses comerciales" del Popular.

"Discrepamos de semejantes afirmaciones", asegura el Congreso, que además encuadra estos argumentos como "razonamientos jurídicamente indeterminados". Así, aunque entiende que es "absolutamente coherente" que el documento sea "estrictamente confidencial" durante la gestión, tramitación y decisión del proceso de resolución, cree que estos motivos pierden validez una vez liquidada esta entidad.

"Hoy, transcurridos varios meses desde aquella operación, si hubo algún riesgo en la protección de aquel interés, este ha quedado muy diluido o directamente eliminado", asevera el escrito.

HAY MÁS INTERESES, ADEMÁS DE LOS DE LOS BANCOS

Por otro lado, el Congreso señala que, además de los intereses aludidos por la JUR en su justificación --que la comisión entiende que son "principal, aunque no exclusivamente", los del Popular y el Santander--, existen "muchos otros intereses". "Los otros intereses pueden ser los de miles o decenas de miles de personas físicas y jurídicas que se vean afectadas en su derecho", y menciona como ejemplo a accionistas, depositantes, bonistas o tenedores de títulos diversos.

Asimismo, el Congreso alude a los supuestos en los que los reglamentos comunitarios fijan la prohibición de acceso a determinados documentos, pues esas excepciones se basan tanto en que la institución no haya tomado la decisión o pueda perjudicar gravemente esta toma de decisiones, lo que reafirma a la comisión en su razonamiento para poder acceder al informe.

Por otro lado, el Congreso también rebate el principio de confidencialidad alegado por la JUR, por el cual "se impide desvelar información bancaria específica que no esté disponible de forma pública".

PRINCIPIOS DE TRANSPARENCIA Y ACCESO

En este sentido, recuerda que el propio reglamento comunitario por el que se establece la creación del Mecanismo Único de Resolución señala que "se debe proporcionar un mayor acceso a los documentos en los casos en que las instituciones actúen en su capacidad legislativa", y que "conviene que el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión permitan el acceso no solamente a los documentos elaborados por las instituciones, sino también a los documentos por ellas recibidos".

Este mismo reglamento establece que la aplicación del mismo debe hacerse "sin perjuicio del derecho de acceso a los documentos de que gozan los Estados miembros, las aulas autoridades judiciales o los órganos de investigación", y recuerdan que la propia comisión se encuadra como éste último actor.

Por todo ello, la comisión considera que sus razones "lejos de suponer una hipotética violación del lógico deber de confidencialidad, permiten compatibilizar esta obligación con los principios de transparencia y acceso, que son pilares del funcionamiento de un sistema democrático".

SI NO HAY TRANSPARENCIA, PUEDE HABER INCERTIDUMBRE

Estos principios de transparencia, remarcan, se recogen también en la exposición de motivos del reglamento sobre el Mecanismo Único de Resolución, donde se asevera que "la transparencia y el control democrático de las instituciones, en este caso la Junta, pasan por su responsabilidad ante el Parlamento Europeo y el Consejo, y por su especial colaboración con los Parlamentos Nacionales en todo aquello que se refiera a las medidas de resolución que afecten a entidades de un país miembro".

Todo ello lleva al Congreso a advertir de que "una insuficiente e inadecuada transparencia en el funcionamiento de las instituciones públicas puede generar incertidumbre para los operadores económicos y financieros".