Segundo auto en menos de una semana. La decisión de restringir el tráfico rodado en la Gran Vía madrileña ha acarreado dos pronunciamientos judiciales. En el último, el juez ha ‘tirado de las orejas’ al Ayuntamiento de la capital tras su decisión y ordena tratar por igual a vehículos con chófer privado (como los que tienen compañías como Uber y Cabify) y al taxi.

Aprovecha el segundo auto para defender esa igualdad. Para él, la imposibilidad de lograr nuevas licencias de VTC en Madrid “no puede responder a otra razón más que a la existencia de una competencia directa entre ambos servicios”. Y en este sentido, concluye: no hay razón para imponer esas restricciones a uno de esos grupos y no al otro, “salvo que se quiera incurrir en una infracción del principio de igualdad, con la vulneración de las normas que protegen el derecho a la competencia en igualdad de condiciones”.

El pasado 30 de noviembre, el magistrado Carlos Gómez Iglesias, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 4 de Madrid, decidió suspender provisionalmente el decreto del Ayuntamiento de Madrid por el que se establecía la restricción del tráfico desde el 2 de diciembre hasta el 8 de enero.

Ante esta decisión, el Ayuntamiento presentó sus alegaciones. Y en ellas, reclamaba que se incluyera como medida cautelar “habilitar la circulación de las VTC exclusivamente cuando puedan acreditar que están prestando servicio de transporte”. Y el juez accede a esta petición, según explica en el auto al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL. “No se plantea controversia con lo acordado en el auto de 30 de noviembre”. “En las VTC, el inicio de la prestación del servicio requiere previa contratación del mismo por los usuarios”, recuerda. Por tanto, se recuerda que el chófer podrá circular sólo si cuenta con un servicio ya contratado.

En sus justificaciones, el juez utiliza las cifras de licencias para dejar patente la idoneidad de su decisión: “Producen mayor colapso para la circulación rodada que puedan circular más de 15.000 taxis ‘buscando’ viajeros por el área restringida, que 1.900 vehículos con un servicio previamente contratado”.

Servicios que compiten entre ellos

Pero el juez no se queda sólo ahí. Y va más allá. Lo primero que hace es igualar a estos vehículos con conductor y el taxi. Señala la “identidad sustancial” del servicio que prestan los taxistas y los vehículos con conductor, “al margen de aspectos accesorios”. En este sentido recuerda que la limitación en la entrega de licencias de VTC en Madrid, que ha acarreado una “situación de desequilibrio” entre éstas y las de taxi,  es la prueba de la “existencia de una competencia directa entre ambos servicios”.

Con todo, entiende que no existe razón aparente para que las restricciones al tráfico se impongan a unos y no a otros, salvo que se quiera incurrir en “una infracción del principio de igualdad, con la vulneración de normas que protegen el derecho a la competencia”.

¿Más rebelados?

El Ayuntamiento ha tenido que acceder a las peticiones de diversos colectivos en varias ocasiones tras su decisión de restringir el tráfico en la céntrica Gran Vía de Madrid. No sólo ha tenido que acatar la decisión de permitir el acceso a los vehículos con chófer privado, sino que también lo ha hecho con los autobuses discrecionales.

Pero puede que no sean los últimos. Según fuentes conocedoras del asunto, los transportistas estudian reclamar que también se les permita circular en unos días de una intensa actividad comercial en la zona. En los próximos días se mantendrán reuniones para tratar de llegar a un acuerdo.

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