Por su parte, las 110 entidades de crédito y firmas de inversión españolas contribuyentes realizaron aportaciones por importe de 676 millones de euros en 2017, frente a los 726 millones de euros aportados en 2016 y acumulan 2.100 millones aportados desde que se puso en marcha el programa.

Los fondos del FUR, recaudados a través de las autoridades nacionales de resolución, se destinarían a la resolución de entidades financieras en determinadas circunstancias y su dotación irá incrementándose durante un periodo de transición de ocho años (2016-2023), hasta alcanzar al menos el 1% de los depósitos cubiertos de los Estados miembros que integran el Mecanismo Único de Resolución (MUR).

Durante este periodo transitorio, las contribuciones serán asignadas a diferentes compartimentos que corresponderán a cada Estado miembro --compartimentos nacionales--. El uso de estos compartimentos está sujeto a la progresiva mutualización entre todos los Estados participantes --los que forman parte de la zona euro--, de manera que dejarán de existir al final del periodo de transición.

Las entidades han de realizar contribuciones ex ante anualmente al Fondo Único de Resolución. Dichas contribuciones se calculan sobre la base general de los pasivos de las instituciones, excluyendo los fondos propios y los depósitos cubiertos. Esta base general es posteriormente ajustada en función del perfil de riesgo de cada entidad.

El Frob también ha recordado que las 30 empresas de servicios de inversión que no están incluidas en el ámbito del Mecanismo Único de Resolución --aplicable básicamente a entidades de crédito--, contribuyen al Fondo de Resolución Nacional, cuya recaudación acumulada supera los 3,7 millones de euros.

POPULAR

El Fondo Único de Resolución sería el organismo encargado de indemnizar a los accionistas y acreedores de Banco Popular que perdieron íntegra su inversión en el banco si el valorador independiente determina que la resolución efectuada por la Junta Única de Resolución (JUR) no supuso para los afectados un mejor trato que la liquidación de la entidad bajo un concurso de acreedores, el procedimiento contemplado en la legislación española para casos de insolvencia.

Esta evaluación, que todavía no se ha completado, deberá llevarla a cabo un experto independiente y la normativa no impide que la efectúe Deloitte, el mismo autor del informe que otorgó a Popular un valor de entre 2.000 y 8.200 euros negativos, documento que la JUR se negó a publicar.